Precisan funcionamiento de Órganos Jurisdiccionales de Emergencia de la Corte Superior de Justicia de Lima durante el período vacacional ░ RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000031-2020-P-CSJLI-PJ

Lima, 22 de enero del 2020

VISTA:

La Resolución Administrativa N° 453-2019-CE-PJ de fecha 15 de noviembre del año 2019, la Resolución Administrativa N° 501-2019-CE-PJ, y la Resolución Administrativa N° 019-2020-P-CSJLI/PJ y las solicitudes presentadas por los Magistrados integrantes de las Salas Constitucionales, de los doctores Marco Antonio Lizárraga Rebaza, Zulema Ascarza López, Silvia Gástulo Chávez, César Ángel Medina Peralta, Ysabel Beatriz Sánchez Sánchez, Enrique Taxa Marcos, Roric Rey León Pilco, César Lozano Vásquez, Juana Ríos Chu, Juana Saavedra Romero, Víctor César Zegarra Briceño, Yanira Geeta, Cunyas Zamora, Luis Jacinto Teodoro Sánchez Gonzáles, Magali Valer Fernández, Erick Portella Valverde, Yesenia Figueroa Mendoza, Milagros Grajeda Bashualdo; Arturo Zapata Carbajal, Lorena Teresa Alessi Janssen y,

CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Administrativa N° 453-2019-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial resolvió disponer que las vacaciones en el Año Judicial 2020, para Jueces y Personal Auxiliar, se hagan efectivas por el periodo del 01 de febrero al 01 de marzo del presente año; dictándose las medidas complementarias para el adecuado funcionamiento de los órganos jurisdiccionales a nivel nacional.

Que, mediante el ingreso N° 3549-2019, los Magistrados integrantes de las Salas con Especialidad Constitucional solicitan se ampare su pedido cursado mediante Oficio N° 001-2020-C- Sconst-CSJLI/PJ, por los motivos expuestos en su solicitud.

Que, mediante el ingreso N° 3514-2019 el doctor Marco Antonio Lizárraga Rebaza, Juez Superior Provisional integrante de la Segunda Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel de Lima, al haberse dispuesto su permanencia por necesidad de servicio en
el periodo vacacional del 01 de febrero al 01 de marzo; estando a ello, y al tener récord vacacional parcial solicita hacer uso de sus vacaciones por el periodo del 01 al 15 de febrero del presente año por los motivos expuestos en su solicitud.

Que, mediante el ingreso N° 3462-2019, la doctora Zulema Ascarza López, Juez Titular del 38° Juzgado Especializado de Trabajo de Lima, solicita se revise su programación de vacaciones, y se le conceda el goce (…)

 DESCARGA LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA AQUÍ

Destacados

Últimos artículos

Nueva sentencia con motivación en serie excluye a locadores con vínculo vigente de la protección de la Ley N.° 24041 | Motivación en Serie N° 07-2026-3SDCST

septiembre 23, 2026
imagaa

Corte Suprema fija reglas vinculantes sobre la competencia del juez laboral en casos de responsabilidad civil | Casación N° 25213-2024

septiembre 19, 2026
palacio

Servidores con vínculo laboral encubierto no tendrán protección de la Ley 24041 según criterio vinculante de la Corte Suprema

agosto 19, 2026
Diseño sin título (57)

Gobierno aprueba nueva escala remunerativa de los trabajadores del Poder Judicial | Decreto Supremo N°162-2026-EF

agosto 19, 2026
MJ

Artículos relacionados

madre-hijo-98-89

¿Procede el desalojo por ocupación precaria de madre adulto mayor? ░ CASACIÓN N° 5589-2017 LIMA

febrero 25, 2020
Leer más...
Diseño sin título (22)

Corresponde indemnización vacacional al trabajador que no goza de sus vacaciones completas | Casación Laboral N° 2582-2022

octubre 27, 2025
Leer más...
tc virtual

TC modifica su reglamento y establece que las audiencias pueden celebrarse, en tiempo real o simultáneo, con la participación no presencial de todas o algunas de las personas a través de los medios tecnológicos respectivos ▎RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 053-2020-P/TC

abril 25, 2020
Leer más...
jhkhjkghjkhgjkhgjk mgz

Dictan reglas para los procesos de nulidad del despido por embarazo

septiembre 16, 2022
Leer más...