Pleno aprueba proyecto de ley que regula el libre acceso a las Cooperativas

Las personas naturales o jurídicas que reúnan los requisitos establecidos por el estatuto de la cooperativa,  podrán ser socios de estas entidades, es decir que el ingreso es libre, supeditado a los requisitos o condiciones previstas en su estatuto, sin discriminación de ninguna naturaleza.Así lo aprobó el Pleno del Congreso en su sesión vespertina, con el voto mayoritario de los asambleístas, con lo cual modificó el Texto Único Ordenado de la Ley General de Cooperativas a fin de ampliar el ámbito de participación y fortalecer el proceso de permanente  integración.No hubo requerimiento de debate. El resultado de la votación fue de 103 votos a favor, ninguno en contra y ocho abstenciones. Una nueva consulta a la representación nacional la exoneró de una segunda votación con 94 votos a favor, dos en contra y siete abstenciones.El presidente de la Comisión de Producción, Micro y Pequeña Empresa y Cooperativas, Esdras Medina Minaya, (SP), sustentó la propuesta, señalando que el número de socios, persona jurídica, no debe superar el tercio de socios, persona natural, de la misma forma en los órganos de administración.“Las cooperativas son organizaciones que agrupan a varias personas, nacen de forma voluntaria y con un espíritu solidario y que tiene como fin el de realizar una actividad empresarial, funciona en base a la cooperación de todos sus socios, por eso el nombre de ‘Cooperativa’, donde todos cooperan para beneficiarse en forma directa, obteniendo un bien, un servicio o un trabajo con mejores condiciones.Medina Minaya, a la par, autor de la propuesta N° 3127, indicó que la Constitución Política del Perú garantiza el pluralismo económico. “Sin embargo, se observan factores que limitan la libre operatividad de las cooperativas. Debemos precisar que, la barrera se deriva a la delegación de aprobación mediante estatuto u órgano competente el ingreso de socios, generando discriminación al acceso de personas jurídicas a formar parte de las organizaciones de cooperación”, dijo.Agregó que la iniciativa respeta lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, puesto que solamente realiza una mejora de la actual normativa, con la finalidad de permitir una mayor participación para optimizar la adecuación de las organizaciones cooperativas a fin de elevar la economía social de la persona natural e incrementar el rol financiero de la persona jurídica.
¿Quieres mantenerte actualizado con la jurisprudencia tener acceso preferente y gratuito a nuestra revista de la materia?Únete a nuestros grupos de whatsapp o telegram:Grupo Magazín Civil:Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/F8F6cej3xNTEf4KTGNQhxi Telegram: https://t.me/+XAXu6nOYg95iMzIxGrupo Magazín Laboral: Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/JWRksnp0EYoLwQZ3aQrYfE Telegram: https://t.me/+O91zHqFEV8MxYjdhGrupo Magazín Penal: Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/K0qjx8lis4N8XBYDi4qJ73 Telegram: https://t.me/+4H4j4ZlWxVYwYWMxGrupo Magazín Constitucional:Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/IcznZ5TR6581ANsUz3qkvH

Destacados

Últimos artículos

Ley 29497, Nueva Ley Procesal de Trabajo | actualizado noviembre 2024

noviembre 10, 2024
Texto del párrafo (45)

A fin de año Dina Boluarte anunciaría el incremento de la remuneración mínima vital

noviembre 10, 2024
Texto del párrafo (44)

Modifican horario de refrigerio de estos trabajadores del sector público

noviembre 9, 2024
Texto del párrafo (52)

Listado de números de celulares asignados a los módulos laborales a nivel nacional

noviembre 8, 2024
Texto del párrafo (43)

Artículos relacionados

137-ndz2tavmzt6rh1mo8zvjkbanfofimqylmdh8aboiek

Las remuneraciones dejadas de percibir solo son referenciales para la fijación de la suma indemnizatoria por lucro cesante ░ CAS. LAB. N° 25119-2017-CALLAO

octubre 11, 2019
Leer más...
G3PUOYCHPFG3TBEHS7F7MDSZFM

Aprueban subvención adicional extraordinaria de S/ 200,00, S/ 250,00 y S/ 300,00 para usuarios de los Programas JUNTOS, Pensión 65 y Contigo | DECRETO DE URGENCIA Nº 002-2023

enero 15, 2023
Leer más...
mercados no cumplen

Cambia la regla: Ya no saldrán hombres y mujeres por días ▎D.S. Nº 064-2020-PCM

abril 10, 2020
Leer más...
HCOL0605 (1)

Vacaciones judiciales corte del Lima Norte: fijan juzgados y salas de emergencia que funcionarán en febrero del 2023 | R.A N° 000081-2023-P-CSJLIMANORTE-PJ

febrero 1, 2023
Leer más...
Abrir chat
1
Bienvenido al servicio de mensajería de la revista de jurisprudencia laboral, ¿en qué te podemos ayudar?
Mantente actualizado en nuestro grupo de whatsApp con todas las novedades del derecho del trabajo
Únete a nuestro grupo de whatsApp