Para el pago de la totalidad de las horas extras resulta indispensable acreditar la labor efectiva | Casación Laboral N.° 5188-2023 La Libertad

FUNDAMENTOS DESTACADOS:

Noveno. De la revisión de autos, ha quedado determinado que el demandante  laboró para la empresa demandada desde el treinta de marzo de mil  novecientos noventa y cinco hasta el trece de diciembre de dos mil dieciocho en  el cargo de técnico de mantenimiento y, entre otras pretensiones, solicitó el  pago de horas extras, así como el reintegro por todo el período laborado.  

Décimo. El juzgado de primera instancia declaró infundada la referida  pretensión; la sala superior revocó dicho extremo y otorgó al demandante el pago de horas extras desde el treinta de marzo de mil novecientos noventa y  cinco hasta el doce de noviembre de dos mil trece, más no el período  comprendido desde el trece de noviembre de dos mil trece al diez de diciembre  de dos mil dieciocho, para lo cual aplicó la presunción establecida en el artículo  29 de la Ley N.° 29497, Nueva Ley Procesal del Trabajo, por existir, según  refiere, una conducta obstruccionista por parte de la empresa demandada al  presentar los registros de asistencia en forma incompleta.  

Décimo primero. Ahora bien, ante el cumplimiento parcial de los registros de  asistencia por parte de la empleadora, la presunción antes mencionada será  aplicada solo por el período de cinco años anteriores a la fecha del cese del  demandante, que, en el presente caso, ocurrió el trece de diciembre de dos mil  dieciocho. En consecuencia, la causal que se denuncia deviene en fundada.

Destacados

Últimos artículos

Reglamentan protección contra el despido de trabajadores con diagnóstico de cáncer, su tratamiento y los efectos derivados | Decreto Supremo N° 008-2026-TR

junio 5, 2026
Copia de Texto del párrafo - 2025-08-14T222836.604

Corte Suprema fija novísima doctrina jurisprudencial sobre el pago de horas extras | Casación 36773-2023 La Libertad

mayo 27, 2026
Diseño sin título (58)

Emiten nueva doctrina jurisprudencial sobre los supuestos de inaplicación del precedenteHuatuco | Casación Laboral N.º 11090-2023 La Libertad

mayo 20, 2026
MJ

Declaran el 27 de julio del 2026 día no laborable | Decreto Supremo N° 075-2026-PCM

mayo 16, 2026
eee

Artículos relacionados

m

Costo de vida de una ciudad y otra justifica la diferencia remunerativa | Casación N° 1779-2021 Lima Este

marzo 23, 2026
Leer más...
Copia de Texto del párrafo (15)

Reglas aplicables para determinar el régimen laboral de un servidor público | CASACIÓN LABORAL 29259-2022 LIMA

enero 16, 2025
Leer más...
Texto del párrafo (32)

Cuestionable: Corte Suprema niega relación laboral pese a correos electrónicos, fotochek e informe de actividades | Jurisprudencia Laboral

octubre 14, 2024
Leer más...
Texto del párrafo - 2025-01-29T065632.169

¿Puede el inicio de las vacaciones coincidir con el descanso semanal del trabajador?

enero 29, 2025
Leer más...