Nueva doctrina jurisprudencial vinculante sobre la protección del fuero sindical | Casación Laboral N° 710-2024 Puno

La Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia con ocasión de la Casación Laboral 710-2024 Puno, ha desarrollado los alcances del fuero sindical y ha emitido la siguiente doctrina jurisprudencial de observancia obligatoria:

FUNDAMENTO DESTACADO:

Séptimo: Doctrina Jurisprudencial.

La Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, en uso de la facultad que le otorga el artículo 22° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, considera que la interpretación de los artículos 30° y 31° del Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2003- TR, concordados con el texto original del artículo 12° del Decreto Supremo N° 011- 92-TR, se sujetará a las siguientes reglas:

1. Los jueces al interpretar los artículos 30 y 31 del Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2003-TR, así como el texto original del artículo 12 del Decreto Supremo N° 011-92-TR, deberán seguir la doctrina del fuero sindical amplio.

2. Los trabajadores que gozan de fuero sindical no pueden ser despedidos salvo que exista una causa justa para la extinción del vínculo laboral.

3. Los trabajadores que gocen del fuero sindical no pueden ser trasladados a otros establecimientos de la misma empresa, sin su aceptación, salvo causas debidamente justificadas.

4. Gozan de fuero sindical no solo los trabajadores que ejercen cargo dirigencial, sino también aquellos que han dejado el cargo, si el despido se origina en su actividad pasada como sindicalistas.

5. El fuero sindical protege a los dirigentes sindicales, contra todo acto de hostilidad por su participación en la actividad sindical.

Apartamiento del criterio anterior

De conformidad con el artículo 22° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, esta Sala Suprema se aparta del criterio establecido en la Casación Laboral N° 5481-2015-LIMA NORTE del cuatro de noviembre dos mil quince, y todas los demás criterios anteriores sobre la interpretación de los artículos 30° y 31° del Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado por Decreto Supremo N° 010- 2003-TR y del texto original del artículo 12° del D ecreto Supremo N° 011-92- TR.

«El éxito en un caso no es casualidad: está en el dominio de la jurisprudencia. Descúbrelo con Magazín Jurisprudencial

¿Quieres estar al día con la jurisprudencia laboral más relevante? Únete a nuestro grupo de WhatsApp aquí 👉 [https://chat.whatsapp.com/JWRksnp0EYoLwQZ3aQrYfE]

Destacados

Últimos artículos

Corte Suprema ratifica extensión de beneficios colectivos a trabajador bajo modalidad CAS y Locación de Servicios | Casación N.° 35871-2022

enero 19, 2026
Diseño sin título (27)

Víctimas de los delitos de extorsión y sicariato tendrán acceso a la reinserción laboral según D.S 009-2026-PCM

enero 19, 2026
Diseño sin título (41)

La exigencia de agotamiento de la  vía administrativa debe interpretarse siempre en favor del principio pro actione | Casación N.° 1172-2024 Lambayeque

enero 17, 2026
Diseño sin título (40)

Nueva doctrina jurisprudencia sobre el derecho de vacaciones de trabajadores a tiempo parcial | Casación Laboral N.º 35267-2023 Lima

enero 16, 2026
Diseño sin título (39)

Artículos relacionados

Texto del párrafo - 2025-01-27T194853.755

Autorizan el retiro del 100% de la CTS hasta el 31 de diciembre del 2026 | Ley 32322

mayo 9, 2025
Leer más...
Copia de Texto del párrafo (56)

Corte Suprema revela vacío normativo sobre el pago indebido en el ámbito laboral | Casación N.º 35154-2022 Lima

junio 11, 2025
Leer más...
Texto del párrafo (30)

SUTEP anuncia huelga a partir del 16 de octubre del 2024

octubre 14, 2024
Leer más...
Texto del párrafo (46)

El correo corporativo del trabajador solo podrá ser intervenido por mandato judicial | Jurisprudencia Laboral

noviembre 11, 2024
Leer más...