MTPE incorpora nuevas infracciones laborales

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) modificó el reglamento de la Ley general de inspección del trabajo, a fin de incorporar infracciones para las empresas que no utilizan de manera adecuada la tercerización laboral.

Así, mediante el D. S. Nº 015-2022-TR se señala como infracción muy grave usar la figura de tercerización laboral para el desarrollo de actividades que forman parte del núcleo del negocio, conforme a la definición del artículo 1 del reglamento de la Ley de tercerización, aprobado por el D. S. Nº 006-2008-TR y modificado por el D. S. N° 001-2022-TR.

Se considerará también infracción muy grave usar la figura de tercerización laboral para el desarrollo de labores distintas a las actividades principales, como por ejemplo, vigilancia, seguridad, mensajería externa, limpieza, entre otros. En estos casos, agrega, corresponderá usar la figura de la intermediación laboral regulada en la Ley N° 27626.

Igualmente, establece como infracción muy grave la utilización de la figura de tercerización laboral como simple provisión de personal, incumpliendo los requisitos indicados en los artículos 2 y 3 de la Ley que regula los servicios de tercerización (Ley Nº 29245).

Finalmente, la norma tipifica como infracción muy grave extinguir los contratos de los trabajadores que hubieran sido desplazados para el desarrollo de actividades que forman parte del núcleo del negocio, por causas vinculadas con la adecuación a los cambios fijados en el D. S. Nº 001-2022-TR, salvo que la empresa principal los contrate directamente, desde la entrada en vigencia del D. S. N° 015-2022-TR hasta el 21 de agosto del 2022.

Impacto

Elmer Huamán Estrada, socio del estudio Lazo, considera que con esta norma Sunafil está facultado para fiscalizar tanto a las empresas principales como a las tercerizadoras que lleven a cabo tercerizaciones respecto a la actividad nuclear del negocio desde el 22 de agosto. Y afirmó que las tercerizadoras tampoco podrán cesar al personal a causa de estas restriccciones, pues deberán ser contratados por la empresa principal a modo de adecuación a la nueva disposición.

Fuente: El Peruano

Destacados

Últimos artículos

Reglamentan protección contra el despido de trabajadores con diagnóstico de cáncer, su tratamiento y los efectos derivados | Decreto Supremo N° 008-2026-TR

junio 5, 2026
Copia de Texto del párrafo - 2025-08-14T222836.604

Corte Suprema fija novísima doctrina jurisprudencial sobre el pago de horas extras | Casación 36773-2023 La Libertad

mayo 27, 2026
Diseño sin título (58)

Emiten nueva doctrina jurisprudencial sobre los supuestos de inaplicación del precedenteHuatuco | Casación Laboral N.º 11090-2023 La Libertad

mayo 20, 2026
MJ

Declaran el 27 de julio del 2026 día no laborable | Decreto Supremo N° 075-2026-PCM

mayo 16, 2026
eee

Artículos relacionados

000204077M......................

Indecopi atiende a los consumidores de empresas inmobiliaria

agosto 19, 2022
Leer más...
constitucion peru 1979

Presentan proyecto de ley que busca derogar la Constitución de 1993 y restablecer la Constitución de 1979 ▎Proyecto de Ley 5162/2020-CR

mayo 13, 2020
Leer más...
000136922M (1)

Consejo Ejecutivo PJ: Presidentes de Corte informan que existen jueces vulnerables con trabajo remoto desarrollan su vida cotidiana con normalidad | R.A 276-2022-CE-PJ

julio 30, 2022
Leer más...
000218569Mcfgfgdfgfgh

TC ratifica intangibilidad de los Fondos del SPP

octubre 6, 2022
Leer más...