Informe de la Defensoría del Pueblo recomienda cambios en la normativa que regula la prisión preventiva a fin de establecer que los jueces deben evaluar el impacto del COVID-19 en la salud de las y los inculpados

 La Defensoría del Pueblo ha publicado el segundo Informe Especial sobre la situación de las personas privadas de libertad, en el contexto de la declaratoria de emergencia sanitaria. En esta oportunidad, la entidad recomienda medidas para reducir el hacinamiento en el sistema penitenciario en una situación de contagio.

Como ya ha sido señalado en el Informe Especial  N° 003-2020-DP, el hacinamiento constituye el principal hecho que afecta los derechos humanos de los privados de libertad. En el Perú, el hacinamiento alcanza 140 %. A la fecha, 3 agentes penitenciarios y 3 internos han fallecido a causa del COVID-19 según el Instituto Nacional Penitenciario.

Por este motivo, la Defensoría del Pueblo manifiesta la necesidad de emprender acciones urgentes que atiendan de forma célere este problema, dado el grave riesgo de masificación del contagio presente en nuestras cárceles.

Por ello, en el Informe de Adjuntía, la Defensoría del Pueblo recomienda la modificación al procedimiento de evaluación y concesión de las gracias presidenciales, a fin de atender los casos de internas e internos con sentencias menores a 4 años de pena y los que se encuentran en situación vulnerable como: adultos mayores, enfermos, mujeres con hijos en cárcel, entre otros.

En el mismo sentido, la entidad recomienda ampliar las posibilidades de acceso a la conversión de pena siempre que se trate de delitos leves, bajo los mismos requisitos exigidos al día de hoy para la omisión de asistencia familiar.

La Defensoría del Pueblo apunta también a realizar cambios en la normativa que regula la prisión preventiva a fin de establecer que los jueces deben evaluar el impacto del COVID-19 en la salud de las y los inculpados. Igualmente se sugiere que se faculte a la defensa pública a presentar pedidos de conversión de pena y cese de prisión preventiva en casos de personas vulnerables y siempre que se trate de delitos de baja dañosidad social. La institución considera imprescindible se mejore la regulación de la vigilancia electrónica y se subvencione su costo.

Este informe sienta sus bases en lo previsto en la Constitución y tratados internacionales de derechos humanos y en diferentes pronunciamientos emitidos por organismos encargados de su custodia, los que coinciden en señalar la necesidad de adoptar medidas eficaces para deshacinar las cárceles, en salvaguarda del derecho a la salud de todas las personas privadas de libertad y de quienes los custodian.

Se puede acceder al Informe Especial  N° 008-2020-DP en el siguiente link: https://www.defensoria.gob.pe/wp-content/uploads/2020/04/Serie-Informes-Especiales-N%C2%BA-008-2020-DP.pdf

Fuente: Defensoría del Pueblo

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