Establecen vacaciones judiciales del 01 de febrero al 02 de marzo de 2025 | R. A. N° 000390-2024-CE-PJ

El Poder Judicial del Perú ha establecido un nuevo calendario de vacaciones para jueces, juezas y personal auxiliar para el año judicial 2025. Esta medida busca garantizar el adecuado funcionamiento de los órganos jurisdiccionales, al tiempo que permite a los magistrados y al personal tomar el descanso necesario para mantener su bienestar y eficiencia en el servicio.

Detalles del Calendario de Vacaciones

  1. Fechas de Vacaciones:
    • Las vacaciones se harán efectivas del 1 de febrero al 2 de marzo de 2025. Este periodo ha sido diseñado para permitir un descanso adecuado a los jueces y al personal auxiliar, asegurando que puedan regresar a sus funciones con renovada energía.
  2. Funcionamiento de Órganos Jurisdiccionales:
    • Durante el periodo de vacaciones, se establecerán órganos jurisdiccionales de emergencia que continuarán conociendo y tramitando los procesos a su cargo. Estos órganos se encargarán de atender exclusivamente ciertos casos urgentes, como:
      • Materias Penales: Hábeas Corpus, calificación de denuncias con detenidos, trámites de libertades, apelación de mandatos de detención, entre otros.
      • Materias Civiles: Acciones de garantías y medidas cautelares fuera de proceso.
      • Materia de Familia: Consignaciones de alimentos, autorización de viajes de menores, violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, entre otros.
      • Laboral: Consignaciones laborales; y
      • Otras materias urgentes
  3. Notificación y Coordinación:
    • La resolución también establece que los Presidentes y Presidentas de las salas de la Corte Suprema de Justicia y de las Cortes Superiores de Justicia deberán informar al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial sobre los jueces y juezas que dejen pendiente la emisión de ponencias y/o firma de resoluciones durante su periodo vacacional.
  4. Órganos jurisdiccionales de emergencia:
    • A) Corte Suprema De Justicia De La República:
    • La Sala Penal Permanente continuará atendiendo los expedientes a su cargo; así como las instituciones de emergencia que se presenten en la Sala Penal Transitoria. – Una Mesa de Partes recibirá asuntos correspondientes a las materias Civil, Penal y de Derecho Constitucional y Social. – La Sala Penal Especial y el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria. Las referidas Salas Penales, el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria y la Mesa de Partes contarán con el personal mínimo necesario, para el cumplimiento de las funciones encomendadas. Los jueces, juezas y personal auxiliar efectivizarán sus vacaciones en forma progresiva en el transcurso del año 2025.
    • B) Cortes Superiores De Justicia De La República:
    • Las Salas y Juzgados que los Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia designen como órganos de emergencia, serán determinados mediante resolución administrativa; procediéndose a su publicidad.

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