El artículo 1135 del código civil no señala que solo el derecho inscrito tiene que ser de buena fe, se refiere al acreedor de buena fe, sea inscrito o no, o de título de fecha anterior, precisando que se preferirá el de fecha cierta más antigua | CASACIÓN N.° 357-2019 CALLAO

RAZÓN DE LA DECISIÓN: El artículo 1135 del Código Civil no señala que solo el derecho inscrito tiene que ser de buena fe, se refiere al acreedor de buena fe, sea inscrito o no, o de título de fecha anterior, precisando que se preferirá el de fecha cierta más antigua. Por lo que el análisis de la Sala superior respecto a la buena fe que debía tener el demandante es correcto, sea que tenga un título de fecha cierta o no. Agregado al hecho que tampoco se ha preferido el título de la demandada, pues no se ha declarado expresamente el mejor derecho a favor de ella. A lo que se debe agregar que el título que presenta la demandada está revestida por lo previsto en el artículo 949 del Código Civil, pues la transferencia de propiedad inmueble en el país es de orden consensual; es decir, la sola obligación hace propietario al acreedor y se ha configurado los presupuestos para la transferencia del bien en atención al artículo 1529 del Código Civil. (F. 5)

CONCEPTO DE MEJOR DERECHO DE PROPIEDAD

Al respecto se debe indicar que la demanda de mejor derecho de propiedad (en realidad, acción declarativa de dominio) persigue que el órgano jurisdiccional declare que el título y derecho que invoca el demandante es posible oponerlo con eficacia erga omnes, sin que otro pueda jactarse de ser propietario del mismo bien o discuta su dominio. Para que la demanda sea amparada se exigen los mismos requisitos que para la acción reivindicatoria, esto es, en primer lugar, ser propietario de lo que alega y en segundo y muy importante que su adquisición haya sido de buena fe, ello se desprende del artículo 1135 del Código Civil. (F.5)

DESCARGA LA SENTENCIA AQUÍ


¿Quieres mantenerte actualizado con la jurisprudencia tener acceso preferente y gratuito a nuestra revista de la materia?

Únete a nuestros grupos de whatsapp o telegram:

Grupo Magazín Civil:

Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/F8F6cej3xNTEf4KTGNQhxi
Telegram: https://t.me/+XAXu6nOYg95iMzIx

Grupo Magazín Laboral:
Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/JWRksnp0EYoLwQZ3aQrYfE
Telegram: https://t.me/+O91zHqFEV8MxYjdh

Grupo Magazín Penal:
Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/K0qjx8lis4N8XBYDi4qJ73
Telegram: https://t.me/+4H4j4ZlWxVYwYWMx

Grupo Magazín Constitucional:

Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/IcznZ5TR6581ANsUz3qkvH

Destacados

Últimos artículos

La inasistencia del abogado a la audiencia no justifica la conclusión del proceso | Casación Laboral N.° 1176-2024, Arequipa

agosto 13, 2026
dggj

MEF confirma alza de la remuneración mínima en dos tramos 

agosto 7, 2026
sefsfs

MEF plantea trasladar los feriados a los días viernes para fomentar el turismo

agosto 7, 2026
Copia de Texto del párrafo (40)

Ministro de Trabajo: "La decisión política de la presidenta es que no se van a aumentar ni quitar los feriados"

julio 30, 2026
eee

Artículos relacionados

BeFunky-collage - 2020-08-07T081111.517

Juez ordena a RENIEC que los procedimientos deben contemplar la posibilidad de cambio de nombre, sexo e imagen en los registros y documentos de identidad, admitiéndose una categoría adicional a masculino/femenino para las personas trans e intersexuales

agosto 7, 2020
Leer más...
401940_1292223 (1)

Establecen conformación de las salas supremas de la Corte Suprema de Justicia | Resolución Administrativa 01-2023-P-PJ

enero 3, 2023
Leer más...
contraloria

Contraloría denuncia que Clínicas cobraron por pruebas de covid-19 que el INS procesó gratis

junio 3, 2020
Leer más...
herencia (1)

Si en la escritura pública de divorcio el accionante declaró bajo juramento no haber adquirido bienes sociales, ello basta para considerar que los bienes sobre los que recae el acto jurídico no son sociales | CASACIÓN CIVIL 3307-2016 TACNA

septiembre 8, 2022
Leer más...