Corte Suprema ratifica decisión sobre eutanasia en el caso Ana Estrada | Magazín Jurisprudencial

La Corte Suprema de Justicia aprobó, en parte, el fallo que reconoce el derecho fundamental de Ana Estrada a una muerte en condiciones de dignidad, informó la Defensoría del Pueblo.

Así, según la resolución de la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la máxima instancia jurisdiccional, el juez supremo dirimente Augusto Ruidias Farfán se aunó a los tres votos a favor del referido fallo.

No obstante, aún queda pendiente resolver el aspecto vinculado con el protocolo de actuación para ejecutar el procedimiento médico de la eutanasia, refiere la entidad.

El proceso

La sentencia en primera instancia que declaró fundada en parte la demanda de amparo que presentó la Defensoría del Pueblo en representación de Ana Estrada reconoció su derecho a una muerte en condiciones de dignidad en febrero del 2021. Con ello, aprobó la inaplicación del artículo 112 del Código Penal referido al delito de homicidio piadoso para su caso, de manera tal que reconoció su derecho a decidir sobre el final de su vida, sin que nadie sea perseguido penalmente por ello.

Ordenó, además, elaborar un protocolo que permita ejercer estos derechos en condiciones seguras.

Debido a que ninguna de las partes demandadas, como son los sectores de Justicia, de Salud y EsSalud, apeló al referido fallo, este se elevó en consulta a la Suprema, pues, de acuerdo con la ley, para que una decisión del tribunal quede firme, se requieren cuatro votos a favor de cinco.

De los cinco vocales, tres estaban a favor de aprobarlo y dos en contra. Por lo tanto, con esta última decisión, son cuatro votos a favor de la sentencia que permite a Ana Estrada decidir acceder al procedimiento médico de eutanasia, adquiriendo firmeza, aseguró la Defensoría.

Protocolo

No obstante la histórica decisión, aún queda por resolver los aspectos vinculados con el protocolo médico para ejecutar el procedimiento de eutanasia, en el que no hay pleno consenso. Por ese motivo, el tribunal ha convocado el viernes 22 de julio a la jueza suprema dirimente, Sara Echevarría, para decidir sobre esos detalles del protocolo, conforme al artículo 145 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Fuente: Diario el Peruano

Destacados

Últimos artículos

Nueva sentencia con motivación en serie excluye a locadores con vínculo vigente de la protección de la Ley N.° 24041 | Motivación en Serie N° 07-2026-3SDCST

septiembre 23, 2026
imagaa

Corte Suprema fija reglas vinculantes sobre la competencia del juez laboral en casos de responsabilidad civil | Casación N° 25213-2024

septiembre 19, 2026
palacio

Servidores con vínculo laboral encubierto no tendrán protección de la Ley 24041 según criterio vinculante de la Corte Suprema

agosto 19, 2026
Diseño sin título (57)

Gobierno aprueba nueva escala remunerativa de los trabajadores del Poder Judicial | Decreto Supremo N°162-2026-EF

agosto 19, 2026
MJ

Artículos relacionados

BeFunky-collage - 2020-07-15T081356.832

Declarar barrera burocrática ilegal la exigencia de presentar contrato de trabajo en el Gobierno Regional de Cusco ▎ RESOLUCIÓN Nº 0062-2020/SEL-INDECOPI

julio 15, 2020
Leer más...
images

¿La adquisición de un bien ajeno constituye justo título para la prescripción adquisitiva corta?░ CASACIÓN 2814-2017-LIMA

noviembre 9, 2019
Leer más...
5BBWEKQGKZB5M5BZAZYKC6OSVI (1)

El lucro cesante no puede asimilarse a las remuneraciones dejadas de percibir | CASACIÓN LABORAL Nº 19809-2017 DEL SANTA

enero 24, 2023
Leer más...
minsa_andina (1)

Prorrogan Emergencia Sanitaria declarada a partir del 29 de agosto 2022 por 180 días más | Decreto Supremo 015-2022-SA

agosto 16, 2022
Leer más...