Consejo Ejecutivo deja sin efecto la figura del Tribunal Unipersonal en las Salas Laborales | Resolución Administrativa 423-2024-CE-PJ

A través de la Resolución Administrativa 423-2024-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha dejado sin efecto las resoluciones administrativas 182-2010-CE-PJ y 277-2010-CE-PJ, que habilitaban el desdoblamiento de las salas laborales en tribunales unipersonales. Estos tribunales unipersonales tenían la facultad de resolver, en segunda y última instancia, los casos cuya cuantía de la sentencia no superara las 70 Unidades de Referencia Procesal (URP), además de encargarse de las apelaciones producidas en la ejecución de sentencia.

La acotada resolución 423-2024-CE-PJ, que deja sin efecto la figura del tribunal unipersonal, se basa en los cambios introducidos por la Ley 32155, que modificó el marco normativo en el ámbito laboral. Según esta norma administrativa, las disposiciones de las resoluciones administrativas mencionadas han quedado inaplicables debido a que, con la entrada en vigor de esta ley, los juzgados especializados en lo laboral son ahora los encargados de conocer en apelación las causas resueltas por los juzgados de paz letrados laborales, siempre y cuando la cuantía de la sentencia no supere las 70 URP.

De esta manera, la figura del tribunal unipersonal, que había sido implementada para agilizar la resolución de los casos laborales con cuantía inferior a los 70 URP, ha quedado extinguida, por lo que ahora, los jueces de las salas laborales serán los encargados de resolver todas las causas de su competencia.

En resumen, la Resolución Administrativa 423-2024-CE-PJ refleja un cambio significativo en la organización de la justicia laboral, eliminando el tribunal unipersonal y devolviendo a las salas laborales colegiadas la competencia exclusiva para resolver los casos que les corresponden.

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