Congreso aprueba incorporación de trabajadores CAS del Poder Judicial al régimen laboral del Decreto Legislativo 728

La representación nacional aprobó el dictamen que dispone la incorporación de los trabajadores del Poder Judicial contratados a plazo indeterminado bajo el régimen del Decreto Legislativo N.º 1057, que regula el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), al régimen laboral del Decreto Legislativo N.º 728.
La iniciativa legislativa se sustenta en los Proyectos de Ley N.º 5314/2022-CR, 6633/2023-CR, 8659/2024-CR, 10041/2024-CR, 10442/2024-CR, 10806/2024-CR, 11755/2024-PJ, 11939/2024-CR, 11942/2024-CR y 12223/2025-CR.
El dictamen obtuvo 84 votos a favor, 2 en contra y ninguna abstención, y fue exonerado de segunda votación.
El titular de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, congresista Flavio Cruz Mamani (Perú Libre), señaló que la propuesta “busca reconocer los derechos laborales de los trabajadores que, pese a desempeñar funciones permanentes, continúan laborando bajo la modalidad administrativa de servicios CAS, un régimen de carácter precario y temporal que, a lo largo de los años, ha generado desigualdad en el acceso a los beneficios laborales y falta de estabilidad en el empleo”.
Por su parte, el presidente de la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República, congresista Alejandro Soto Reyes (APP), destacó que “el principal problema identificado es la coexistencia de diferentes regímenes laborales en el Poder Judicial, lo que ha generado un trato diferenciado entre trabajadores que cuentan con el mismo perfil profesional y desempeñan funciones idénticas”.
La propuesta legal autoriza al Poder Judicial a incorporar al régimen laboral de la actividad privada, regulado por el Decreto Legislativo N.º 728a los trabajadores que, a la fecha de entrada en vigencia de la ley, mantengan contratos vigentes bajo el régimen del Decreto Legislativo N.º 1057, a plazo indeterminado.
Asimismo, establece que los trabajadores beneficiados deberán haber ingresado al Poder Judicial mediante concurso público de méritos bajo el régimen CAS, y ocupar una plaza transitoria con presupuesto sostenible a la fecha de publicación de la norma.
La incorporación se realizará de forma progresiva, conforme a la disponibilidad presupuestal de la entidad y de acuerdo con el orden de prelación del tiempo de contrato, dentro de un plazo máximo de cinco años contados desde la entrada en vigor de la ley.
Fuente: Congreso de la República
