Congreso aprobó exonerar de IGV a productos básicos

El Congreso de la República aprobó el proyecto de ley que tiene la finalidad de exonerar del impuesto general a las ventas (IGV) a los alimentos de primera necesidad, como el pollo, huevos, leche, harina de trigo, fideos, azúcar y productos cárnicos.

Crédito fiscal

De acuerdo con la iniciativa, se plantea crear un mecanismo de uso y devolución del crédito fiscal del IGV acumulado, el cual hubiera gravado la adquisición de las materias primas e insumos y otros servicios usados en el proceso productivo de los alimentos exonerados.

Se incorpora, además, el apéndice I-A en el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo N° 055-99-EF.

De igual modo, establece que la solicitud de devolución del crédito fiscal acumulado y no usado, podrá presentarse cada tres meses y por un monto mínimo de una unidad impositiva tributaria (UIT). La forma, plazos y otras condiciones son reglamentadas por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

Como disposición complementaria final se dispone que mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas se establezcan las normas reglamentarias necesarias para aplicar la ley.

Vigencia

Precisa asimismo que la norma aprobada rige a partir del primer día calendario del mes siguiente a la fecha de su publicación y hasta el 31 de diciembre del 2022.

Mientras que la disposición complementaria transitoria refiere que se encarga al Ejecutivo la formación de una comisión multisectorial integrada por un representante de los ministerios de Economía y Finanzas, de Desarrollo Agrario y Riego, y de Energía y Minas para evaluar la reducción de costos de productos alimenticios y los mecanismos para beneficiar a la Amazonía.

Se establece también que la Sunat y el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) se encargarán del monitoreo de los precios de venta al consumidor final de los productos alimenticios que forman parte de la canasta básica familiar.

Impacto

De acuerdo con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), esta es una medida con efecto temporal para mitigar el alza de los precios de los alimentos y que debe tener un impacto inmediato en beneficio de los peruanos.

Detalló que, según la propuesta, la inclusión de los productos en el apéndice I se realizará siempre y cuando se registre una variación anual (últimos 12 meses) del índice de precios al consumidor (IPC) de Lima Metropolitana superior a 6%.

Además, que los productos alimenticios considerados tengan una incidencia sobre la variación anual del IPC de Lima Metropolitana mayor a 0.12 puntos porcentuales.

Solo en tres oportunidades la inflación anual superó el 6% de incremento en los últimos diez años, debido a que el país mantuvo una meta anual, promedio, de inflación que oscila entre 1% y 3%.

Las exoneraciones tributarias son instrumentos de política fiscal de carácter temporal, y si bien no son las herramientas más eficientes para reducir los precios, en este caso, dada la coyuntura, se propone su implementación.

Destacados

Últimos artículos

Servidores con vínculo laboral encubierto no tendrán protección de la Ley 24041 según criterio vinculante de la Corte Suprema

agosto 19, 2026
Diseño sin título (57)

Gobierno aprueba nueva escala remunerativa de los trabajadores del Poder Judicial | Decreto Supremo N°162-2026-EF

agosto 19, 2026
MJ

La inasistencia del abogado a la audiencia no justifica la conclusión del proceso | Casación Laboral N.° 1176-2024, Arequipa

agosto 13, 2026
dggj

MEF confirma alza de la remuneración mínima en dos tramos 

agosto 7, 2026
sefsfs

Artículos relacionados

BeFunky-collage - 2020-09-15T094928.953

Están impedidos de ejercer cargos de elección popular y ejercer cargos de confianza en la función pública las personas con sentencia condenatoria en primera instancia por delito doloso ▎LEY Nº 31042

septiembre 15, 2020
Leer más...
devolucion-fianza-alquiler (1)

El contrato de arrendamiento es obligatorio en cuanto se haya expresado en él | CASACIÓN CIVIL 636-2018 LIMA

septiembre 1, 2022
Leer más...
pension65-copia-798971mp3_798972 (1)

ONP depositará bonificación extraordinaria a pensionistas del D.L. 20530 este viernes 6 de enero del 2023

enero 2, 2023
Leer más...
000013352M (1)

Se necesita que exista extinción de las relaciones laborales e incumplimiento de las obligaciones con los trabajadores para ejercer la acción persecutoria de los bienes del empleador | CAS. LAB. N° 20159-2017 MOQUEGUA

noviembre 26, 2022
Leer más...