¡Atención! Ministerio Público dispone regreso al trabajo presencial

El Ministerio Público dispuso el retorno a las actividades presenciales de los servidores que cuenten con el esquema completo de vacunación contra el covid-19 (según grupo etario) y no se encuentren considerados dentro del grupo de riesgo frente al mal.

Mediante la Resolución N° 1714-2022-MP-FN, se precisa que regresarán también a sus puestos laborales los empleados vacunados que, encontrándose dentro del grupo de riesgo, reciban el visto bueno del médico ocupacional para el trabajo mixto o presencial, siempre que la infraestructura lo permita y se cumplan las medidas de bioseguridad correspondientes.

Labor

El trabajo remoto, indica, estará previsto para los servidores considerados dentro del grupo de riesgo que cuenten con esquema incompleto de vacunación o que, en la evaluación del médico ocupacional, este recomendó mantener esa modalidad de trabajo.

La resolución señala que será responsabilidad de los jefes inmediatos asignar la modalidad de trabajo que tenga en cuenta el aforo de las oficinas y/o áreas de labores donde desarrollan sus funciones, los factores de riesgo de su personal y las medidas de bioseguridad establecidas por la Autoridad Sanitaria Nacional.

Para tal fin, podrán contar con la asistencia técnica del Servicio de Seguridad y Salud en Trabajo existente en cobertura nacional y en los distritos fiscales, en el ámbito de sus competencias, así como de la Oficina General de Inversiones, las gerencias administrativas y administraciones a escala nacional en cuanto al aforo de las sedes la institución, agrega.

Los presidentes de la Junta de Fiscales Superiores y los fiscales superiores coordinadores nacionales de las fiscalías especializadas ejecutarán las acciones pertinentes para garantizar las labores propias del Ministerio Público, además de turno y posturno fiscal y otros actos de urgente atención.

En todo momento, afirma, se preservará la salud del personal fiscal y administrativo de esos despachos, los cuales deberán presentar una capacidad operativa que garantice el distanciamiento físico o corporal, y el establecimiento de horarios escalonados para el ingreso y salida del personal.

Forense

En el caso de la jefatura nacional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, efectuará las acciones pertinentes para garantizar las labores propias de la entidad y otros actos de urgente atención, con el cuidado de la salud del personal médico legal y forense.

La resolución dispuso también que el personal fiscal competente participe en las audiencias programadas que convoque el Poder Judicial, así como realice las diligencias y actuaciones procesales propias de su función.

Los fiscales que cuenten con despacho privado efectuarán trabajo presencial diario, en consideración que se garantizan las medidas de bioseguridad establecidas. Los presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores y los fiscales superiores coordinadores nacionales de las fiscalías especializadas adoptarán las medidas necesarias para ese fin, anota.

Del mismo modo, detalla, los magistrados que comparten espacio abierto con personal administrativo realizarán trabajo presencial diario, en cuyo caso se garantizará la distancia establecida en las normas de bioseguridad.

A la par, la norma señala que los funcionarios y personal de confianza de todas las unidades orgánicas de la entidad ejecutarán labor presencial diaria, conforme a la jornada y horario de refrigerio establecido en el numeral 7.2.1 del Protocolo de Retorno Progresivo a las actividades laborales, trabajo remoto y medidas sanitarias en el Ministerio Público-Fiscalía de la Nación al término del Estado de Emergencia Nacional decretado a consecuencia del covid-19, en su versión 02.

De acuerdo con la norma, el personal fiscal, forense y administrativo que brinde los servicios de manera presencial no deberá estar incluido entre la población en riesgo determinada por el ente rector; ni tampoco en el segmento de las personas con discapacidad, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1468.

La resolución precisa que los fiscales superiores, provinciales y adjuntos que se encuentren comprendidos dentro de la población en riesgo coadyuvarán con las acciones que se desarrollen en los despachos según correspondan, con los medios tecnológicos, a fin de garantizar la continuidad en la prestación de los servicios.

Prevención

Para evitar el contagio del covid-19, el Ministerio de Salud (Minsa) emitió una serie de recomendaciones para el personal que, por razones propias de su trabajo, debe acudir a sus centros de labores.

Entre estas figuran lavarse las manos durante 20 segundos con agua y jabón; así como cubrirse la nariz y boca con el antebrazo o pañuelo desechable al toser o estornudar, y botar los pañuelos en un tacho cerrado.

Además, no tocarse la cara, ojos, nariz y boca con las manos sin lavar previamente; y evitar saludar a los compañeros con apretón de manos, beso en la mejilla y otras formas de contacto físico.

Si se presenta fiebre, tos o dificultad al respirar, dirigirse inmediatamente al tópico de la institución. Es importante no automedicarse.

Si el trabajo es en contacto con público, se mantendrá una distancia no menor a un metro. Tampoco se compartirá alimentos, utensilios ni los objetos personales (peine, toalla, ropa, etcétera) en el ambiente laboral, que deberá estar ventilado y desinfectado.

Fuente: El Peruano

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