Aprueban Incentivo Único – CAFAE para trabajadores del régimen 276 de esta institución del Estado| Ley 32410

Con el objetivo de reconocer y ordenar los beneficios laborales del personal administrativo del sector público, se ha aprobado una nueva ley que establece el monto y la escala del Incentivo Único – CAFAE para los trabajadores sujetos al Decreto Legislativo 276 que laboran en el Gobierno Regional del departamento de Pasco (Pliego 456).

La norma tiene como propósito aprobar oficialmente el monto y la escala del concepto Incentivo Único – CAFAE, que corresponde al personal del régimen del D.L. 276, comprendido en las siguientes unidades ejecutoras del Gobierno Regional de Pasco:

  •  001-885: Región Pasco – Sede Central
  • 002-1460: Gobierno Regional de Pasco – Selva Central
  •  100-886: Región Pasco – Agricultura
  • 400-889: Región Pasco – Salud

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a través de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos (DGGFRH), es el encargado de aprobar, mediante resolución directoral, el nuevo monto y la escala del incentivo.

Esta aprobación se realiza a propuesta del titular del Pliego 456, quien deberá presentar un informe técnico elaborado por las oficinas de presupuesto y recursos humanos de su jurisdicción.

Durante el año fiscal 2025, las unidades ejecutoras señaladas quedan exceptuadas de las restricciones establecidas en la Ley N.º 32185 (Ley de Presupuesto del Sector Público 2025), específicamente de lo previsto en su artículo 6 y en el numeral 9.1 del artículo 9. Esta excepción permitirá aplicar el nuevo monto y escala del Incentivo Único – CAFAE sin restricciones normativas adicionales.

El financiamiento del incentivo se realizará con cargo al presupuesto institucional del Pliego 456, sin que esto implique solicitar recursos adicionales al Tesoro Público. Para ello, el Gobierno Regional de Pasco está autorizado a realizar modificaciones presupuestarias a nivel funcional y programático dentro de su propio presupuesto.

Una vez aprobado el incentivo, la DGGFRH del MEF registrará de oficio el monto y la escala en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), asegurando su trazabilidad y cumplimiento conforme al marco normativo vigente.

El éxito en un caso no es casualidad: está en el dominio de la jurisprudencia. Descúbrelo con Magazín Jurisprudencial.»

¿Quieres estar al día con la jurisprudencia laboral más relevante? Únete a nuestro grupo de WhatsApp aquí: https://chat.whatsapp.com/CiSClG09qpK7MalJZ07dKE

👀 Prepárate, porque muy pronto volverás a leer la revista que trae lo más reciente y relevante de la jurisprudencia laboral…

Destacados

Últimos artículos

Emiten nueva doctrina jurisprudencial sobre los supuestos de inaplicación del precedenteHuatuco | Casación Laboral N.º 11090-2023 La Libertad

mayo 20, 2026
MJ

Declaran el 27 de julio del 2026 día no laborable | Decreto Supremo N° 075-2026-PCM

mayo 16, 2026
eee

Debe pagarse la indemnización vacacional aun cuando el goce sea parcial | Casación Laboral N.º 9741-2023 Lim

abril 30, 2026
MJ

Despido por injuria en redes sociales: posturas contrapuestas de la Corte Suprema peruana

abril 30, 2026
erer

Artículos relacionados

Texto del párrafo - 2025-01-29T233850.738

Vacaciones judiciales 2025: estos son los Juzgados Laborales de emergencia en la Corte de Lima

enero 29, 2025
Leer más...
Texto del párrafo - 2024-12-20T071614.669

Despiden a jefe de trabajadores por laborar en estado de ebriedad | CASACIÓN N° 10913-2022 LIMA

diciembre 20, 2024
Leer más...
sefsfs

Empleador debe pagar la indemnización vacacional si el trabajador goza de forma extemporánea de sus vacaciones | Casación Laboral N.º 13741-2015 Lima

abril 29, 2026
Leer más...
eeeeeee

JNJ no ratificó a Domingo Perez como fiscal provincial

marzo 20, 2026
Leer más...