Amplían canales electrónicos: hechos de violencia podrán denunciarse en forma virtual

RESPUESTA OPORTUNA ANTE CASOS DE AGRESIONES AL GRUPO FAMILIAR

as denuncias por hechos de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar podrán presentarse no solo en forma escrita o verbal, sino también mediante el uso de canales virtuales, correos electrónicos, aplicaciones de mensajería instantánea o cualquier otro medio tecnológico que para este efecto se disponga, ante la Policía Nacional del Perú, las fiscalías penales o de familia y los juzgados de familia.

Esto en aplicación de lo dispuesto en la Ley N° 31156, que modifica el artículo 15 de la Ley N° 30364, ‘Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar’, habilitando permanentemente el uso de canales tecnológicos para denunciar hechos de violencia.

Directrices

Así, en los lugares donde no existan estos últimos, las denuncias por hechos de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar también podrán presentarse ante los juzgados de paz letrado o juzgados de paz y, cuando se trate de una denuncia verbal, se levantará acta sin otra exigencia que la de suministrar una sucinta relación de los hechos.

La denuncia podrá ser interpuesta por la persona perjudicada o por cualquier otra en su favor, sin necesidad de tener su representación.También podrá ser interpuesta por la Defensoría del Pueblo y no se requerirá firma de abogado, tasa o alguna otra formalidad.

Sin perjuicio de todo ello, los profesionales de la salud y educación deberán denunciar los casos de violencia contra la mujer o los integrantes del grupo familiar que conozcan en el desempeño de su actividad.

Para interponer una denuncia no será exigible presentar resultados de exámenes físicos, psicológicos, pericias de cualquier naturaleza o mostrar huellas visibles de violencia.

Además, si la víctima o denunciante cuenta con documentos que sirvan como medios probatorios, estos se recibirán e incluirán en el informe de la Policía Nacional del Perú, del Ministerio Público o en el expediente del Poder Judicial.

Corresponderá al Poder Ejecutivo adecuar en el plazo de 30 días el reglamento de la Ley Nº 30364, ‘Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar’, modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-Mimp, a lo establecido en la ley modificatoria.

Partidos

Conforme a la Ley N° 31155, corresponderá a las organizaciones políticas implementar medidas internas a fin de contribuir con la prevención, erradicación y sanción del acoso político. Estas medidas incluirán, entre otras, el establecimiento y sanción de actos de acoso político y la regulación del procedimiento aplicable. Esto, teniendo en cuenta que los actos de acoso político se deberán reportar semestralmente al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.

Destacados

Últimos artículos

Debe pagarse la indemnización vacacional aun cuando el goce sea parcial | Casación Laboral N.º 9741-2023 Lim

abril 30, 2026
MJ

Despido por injuria en redes sociales: posturas contrapuestas de la Corte Suprema peruana

abril 30, 2026
erer

Empleador debe pagar la indemnización vacacional si el trabajador goza de forma extemporánea de sus vacaciones | Casación Laboral N.º 13741-2015 Lima

abril 29, 2026
sefsfs

¿El empleador puede acceder a la computadora asignada al trabajador o viola su privacidad? | Casación Laboral N.° 09645-2018, Lima Este

abril 28, 2026
sdgsdgsdf

Artículos relacionados

discpcidd finl

Poder Judicial reguló las medidas de accesibilidad y los mecanismos de celeridad para las solicitudes de restitución de la capacidad jurídica de la persona con discapacidad

abril 12, 2022
Leer más...
BeFunky-collage (32)

¿Es pasible de sanción penal el director de colegio que autorizó paseo de estudiantes y terminó en tragedia? ▎CASACIÓN N.° 954-2019 HUÁNUCO

abril 26, 2021
Leer más...
actualidad-fiscalia-nacion-designo-representante-ante-comision-constitucion-n337708-612x408-502693

Prorrogan la suspensión de labores presenciales en el Ministerio Público hasta el 30 de junio de 2020 ▎ RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 668-2020-MP-FN

mayo 27, 2020
Leer más...
prision preventiva

Informe de la Defensoría del Pueblo recomienda cambios en la normativa que regula la prisión preventiva a fin de establecer que los jueces deben evaluar el impacto del COVID-19 en la salud de las y los inculpados

abril 22, 2020
Leer más...