Accede al TUO Ley del Mercado de Valores | DECRETO SUPREMO N° 020-2023-EF

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el nuevo Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores (Decreto Legislativo 861), con la finalidad de promover el desarrollo ordenado y la transparencia, así como la adecuada protección del inversionista.

Mediante Decreto Supremo 020-2023-EF, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó dicho Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, que consta de 16 títulos, 354 artículos, 15 disposiciones complementarias finales y 11 disposiciones complementarias transitorias.
La presente norma también derogó el anterior Texto Único Ordenado que había sido aprobado por Decreto Supremo 093-2002-EF.
El decreto supremo comprende a las ofertas públicas de valores mobiliarios y sus emisores, los valores de oferta pública, los agentes de intermediación, las bolsas de valores, las instituciones de compensación y liquidación de valores, las sociedades titulizadoras, los fondos mutuos de inversión en valores, los fondos de inversión y el organismo de supervisión y control.
Cabe indicar que la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) es la institución pública encargada de la supervisión y el control del cumplimiento de esta ley.
En ese sentido, toda información que por disposición de esta ley deba ser presentada a la SMV, a la bolsa, a las entidades responsables de los mecanismos centralizados o a los inversionistas, deberá ser veraz, suficiente y oportuna. Una vez recibida la información por dichas instituciones deberá ser puesta inmediatamente a disposición del público.
La publicidad relativa a la emisión, colocación o intermediación de valores y cualquier otra actividad que se realice en el mercado de valores no debe inducir a confusión o error.
La norma señala que está prohibido todo acto, omisión, práctica o conducta que atente contra la integridad o transparencia del mercado.
Además, dispone la publicación del presente decreto supremo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital del MEF (www.gob.pe/mef).
DESCARGA EL TUO AQUÍ
——————————————————————–

¿Quieres mantenerte actualizado con la jurisprudencia tener acceso preferente y gratuito a nuestra revista de la materia?

Únete a nuestros grupos de whatsapp o telegram:

Grupo Magazín Civil:

Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/F8F6cej3xNTEf4KTGNQhxi
Telegram: https://t.me/+XAXu6nOYg95iMzIx

Grupo Magazín Laboral:
Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/JWRksnp0EYoLwQZ3aQrYfE
Telegram: https://t.me/+O91zHqFEV8MxYjdh

Grupo Magazín Penal:
Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/K0qjx8lis4N8XBYDi4qJ73
Telegram: https://t.me/+4H4j4ZlWxVYwYWMx

Grupo Magazín Constitucional:

Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/IcznZ5TR6581ANsUz3qkvH

Destacados

Últimos artículos

Reglamentan protección contra el despido de trabajadores con diagnóstico de cáncer, su tratamiento y los efectos derivados | Decreto Supremo N° 008-2026-TR

junio 5, 2026
Copia de Texto del párrafo - 2025-08-14T222836.604

Corte Suprema fija novísima doctrina jurisprudencial sobre el pago de horas extras | Casación 36773-2023 La Libertad

mayo 27, 2026
Diseño sin título (58)

Emiten nueva doctrina jurisprudencial sobre los supuestos de inaplicación del precedenteHuatuco | Casación Laboral N.º 11090-2023 La Libertad

mayo 20, 2026
MJ

Declaran el 27 de julio del 2026 día no laborable | Decreto Supremo N° 075-2026-PCM

mayo 16, 2026
eee

Artículos relacionados

BeFunky-collage (46)

¿Es válido la reforma en peor en sede administrativa de la Sunafil? | Resolución 535-2022-Sunafil/TFL-Primera Sala

julio 27, 2022
Leer más...
2629_rr (1)

Federación de Trabajadores del Poder Judicial y Ministerio Público anuncian huelga nacional indefinida desde el 16 de agosto

agosto 6, 2022
Leer más...
colico (1)

Presentan proyecto de ley que tiene por objeto un día libre al mes para estudiantes y trabajadoras por malestares menstruales | PL 4505-2022

marzo 16, 2023
Leer más...
4_20240415_095310_0003

PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL. NULIDAD DE SENTENCIA CONDENATORIA POR APLICACIÓN DE OFICIO DE LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL | R.N. N° 1096-2023/HUÁNUCO

abril 15, 2024
Leer más...