¿Cuál es el motivo específico de la disolución del congreso?
El motivo específico se encuentra contenido en el tercer párrafo parte final del Decreto Supremo Nº 165-2019-PCM, que señala:
“Por esta negativa de suspender el procedimiento de selección de magistrados y de brindar las garantías suficientes para que esta selección garantice la mayor legitimidad posible al Tribunal Constitucional, el Congreso negó la confianza presentada por el Presidente del Consejo de Ministros en la fecha«.
En ese escenario, refiere el decreto que el presidente quedó habilitado de conformidad con lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política del Perú de disolver el Congreso de la República y convocar a elecciones para un nuevo Congreso, manteniéndose en funciones la Comisión Permanente y quedando revocado el mandato parlamentario de los congresistas que no integran dicha Comisión.
A mayor abundamiento descargue aquÍ el decreto supremo.