Nuevo precedente vinculante del TC delimita el acceso a información pública en el entorno laboral | EXP. N.° 04106-2022-PHD/TC

FUNDAMENTOS DESTACADOS:

Emisión de doctrina jurisprudencial en materia de acceso a la información pública

29. Habiéndose expresado las consideraciones anteriores sobre el derecho de acceso a la información pública, este Tribunal considera oportuno, de conformidad el artículo VII del Título Preliminar del Nuevo Código Procesal Constitucional, establecer como doctrina jurisprudencial los criterios plasmados en el presente pronunciamiento, según las cuales, no son información pública:

“Regla 1

a) Los borradores, textos o notas en desarrollo, apuntes preliminares o similares utilizados en el sector público, en cualquier soporte en el que se encuentren.

Regla 2

b) Los borradores, textos o notas en desarrollo, apuntes preliminares, actas, audios y videos, así como opiniones jurídicas especializadas no vinculantes o similares, utilizados en el proceso deliberativo de los órganos unipersonales o colegiados que administran justicia y del Ministerio Público, cualquiera sea el soporte en el que se encuentren.

Regla 3

c) Los correos electrónicos institucionales proporcionados por el Estado a sus funcionarios y servidores públicos, cuando el contenido de los mensajes almacenados no sea de carácter oficial.

Regla 4

 d) Los números telefónicos de celulares de uso personal, ni los entregados por la entidad para la que labora el funcionario o servidor público, así como la placa de rodaje de los vehículos de las entidades públicas, mientras dure su uso oficial por el usuario. De igual manera, los números de celular del personal de seguridad asignado a los funcionarios tampoco podrá solicitarse, en tanto es información que compromete la seguridad de estos y de las personas asignadas a su resguardo”.

El éxito en un caso no es casualidad: está en el dominio de la jurisprudencia. Descúbrelo con Magazín Jurisprudencial.»

¿Quieres estar al día con la jurisprudencia laboral más relevante? Únete a nuestro grupo de WhatsApp aquí: https://chat.whatsapp.com/CiSClG09qpK7MalJZ07dKE

👀 Prepárate, porque muy pronto volverás a leer la revista que trae lo más reciente y relevante de la jurisprudencia laboral…

Destacados

Últimos artículos

Emiten nueva doctrina jurisprudencial sobre los supuestos de inaplicación del precedenteHuatuco | Casación Laboral N.º 11090-2023 La Libertad

mayo 20, 2026
MJ

Declaran el 27 de julio del 2026 día no laborable | Decreto Supremo N° 075-2026-PCM

mayo 16, 2026
eee

Debe pagarse la indemnización vacacional aun cuando el goce sea parcial | Casación Laboral N.º 9741-2023 Lim

abril 30, 2026
MJ

Despido por injuria en redes sociales: posturas contrapuestas de la Corte Suprema peruana

abril 30, 2026
erer

Artículos relacionados

Copia de Texto del párrafo (51)

¿Procede el despido del trabajador que utilizó la computadora de la empresa para almacenar fotos y documentos personales? | CASACIÓN LABORAL N.° 23984-2022-CUSCO

abril 25, 2025
Leer más...
Copia de Texto del párrafo (37)

Trasladar al trabajador a un lugar que incremente sus costos económicos y sin considerar su vida familiar constituye un acto de hostilidad | CASACIÓN N.° 23593-2022 LIMA

marzo 31, 2025
Leer más...
Copia de Texto del párrafo (86)

Es arbitrario el despido basado en un posible daño al empleador  | CASACIÓN N.° 36523-2022 LIMA

julio 7, 2025
Leer más...
Copia de Copia de Texto del párrafo (1)

Las audiencias virtuales y el principio de inmediación | Por: Omar Toledo Toribio

enero 23, 2025
Leer más...