Publican reglamento del procedimiento disciplinario de la Autoridad de Control del Ministerio Público  | Resolución Jefatural N° 212-2025-ANC-MP-J

La Ley N.º 30944, Ley de creación de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público (ANC-MP), modificó el Decreto Legislativo N.º 052 – Ley Orgánica del Ministerio Público, asignando a esta Autoridad la competencia para ejercer el control funcional sobre los fiscales de todos los niveles y el personal de función fiscal, con excepción de los fiscales supremos, cuya supervisión disciplinaria corresponde a la Junta Nacional de Justicia.

Esta reforma institucional instauró un nuevo modelo de control funcional, caracterizado por su autonomía funcional, administrativa y económica, orientado a promover una actuación fiscal idónea, transparente y ajustada a los valores del servicio público. Este nuevo enfoque tiene como finalidad fortalecer la carrera fiscal, asegurar la confianza y confiabilidad de la ciudadanía y garantizar un sistema disciplinario riguroso, eficiente y respetuoso de los derechos fundamentales; fomentando una cultura de integridad en el ejercicio de la función fiscal.

En ese marco, mediante la Resolución Administrativa N.º 153-2024-ANC-MP-J, de fecha 12 de julio de 2024, se aprobó el Reglamento del Procedimiento Disciplinario de la ANC-MP, con el propósito de establecer un conjunto de reglas claras, homogéneas y coherentes para el desarrollo del procedimiento administrativo disciplinario.

No obstante, durante la etapa de implementación y aplicación práctica del citado reglamento, se identificaron situaciones no previstas; además, se emitieron nuevas decisiones y criterios jurisprudenciales del Tribunal Constitucional, con incidencia directa en los procedimientos disciplinarios; por tales razones, la Jefatura Nacional de la ANC-MP, dispuso la conformación de una Comisión Especial de Revisión de Instrumentos Normativos, a fi n de analizar, revisar y proponer mejoras a la normativa vigente, en coordinación con la Dirección General de Gestión Funcional y demás órganos técnicos especializados.

El presente reglamento, como resultado del trabajo técnico y participativo de la Comisión Especial de Revisión de Instrumentos Normativos, incorpora modificaciones, derogaciones y nuevas disposiciones, con el objetivo de reforzar y optimizar las garantías del debido procedimiento disciplinario, garantizando la supremacía de la Constitución, unificando la interpretación de la misma y de las leyes; así como asegurando el ejercicio efectivo del derecho de defensa de los sujetos del procedimiento disciplinario, fortaleciendo los mecanismos de impulso procesal y eficiencia institucional y elevando los estándares de legalidad, imparcialidad y motivación en todas las etapas del procedimiento disciplinario.

Esta versión modificada, se enmarca en lo dispuesto en la Ley N.º 30483 – Ley de la Carrera Fiscal, el Texto Único Ordenado de la Ley N.º 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General y los principios constitucionales que rigen el ejercicio de la potestad sancionadora del Estado.

«El éxito en un caso no es casualidad: está en el dominio de la jurisprudencia. Descúbrelo con Magazín Jurisprudencial

¿Quieres estar al día con la jurisprudencia laboral más relevante? Únete a nuestro grupo de WhatsApp aquí 👉 [https://chat.whatsapp.com/JWRksnp0EYoLwQZ3aQrYfE].”

Destacados

Últimos artículos

La inasistencia del abogado a la audiencia no justifica la conclusión del proceso | Casación Laboral N.° 1176-2024, Arequipa

agosto 13, 2026
dggj

MEF confirma alza de la remuneración mínima en dos tramos 

agosto 7, 2026
sefsfs

MEF plantea trasladar los feriados a los días viernes para fomentar el turismo

agosto 7, 2026
Copia de Texto del párrafo (40)

Ministro de Trabajo: "La decisión política de la presidenta es que no se van a aumentar ni quitar los feriados"

julio 30, 2026
eee

Artículos relacionados

Texto del párrafo (10)

Urgente: Poder Judicial anuncia suspensión nacional de servicios informáticos

octubre 18, 2024
Leer más...
Diseño sin título (40)

Corte Suprema estima el pago prioritario de beneficios sociales a favor de un adulto mayor, no obstante su crédito se encuentra en reestructuración patrimonial | Casación Laboral N.° 01339-2023 Lambayeque

enero 27, 2026
Leer más...
Copia de Texto del párrafo (99)

Nuevo precedente sobre el quiebre del nexo causal en un accidente de trabajo | Resolución Nº 008-2025-SUNAFIL/TFL

agosto 3, 2025
Leer más...
Copia de Texto del párrafo (25)

Las normas presupuestarias no impiden el reconocimiento de derechos laborales | CASACIÓN LABORAL N.º 16467-2022 JUNIN

marzo 13, 2025
Leer más...