La reducción inmotivada de categoría no se presenta cuando el trabajador no ha sido nombrado en el cargo | CASACIÓN LABORAL N° 02902-2020 LIMA

RAZÓN DE LA DECISIÓN:

Al respecto este Colegiado comparte el criterio de las instancias de mérito al no advertirse acto de hostilidad, el actor no ha demostrado estar nombrado en el  cargo de ANALISTA (categoría profesional), tampoco que cumpliera con las  disposiciones específicas de la Directiva que regula los ascensos y promociones de  la institución demandada, entre ellos el haber superado previa evaluación; menos  que a la fecha de haber recibido el encargo cumpliera con el perfil del puesto, esto  es, ser bachiller, con experiencia profesional de dos años o uno en funciones afines  conforme se especifica en el CD ROM anexo a la contestación de demanda, pues  tal como se aprecia en autos, el actor obtuvo el grado de bachiller en administración  con posterioridad a dicho encargo, el veintiséis de marzo de dos mil trece (folio  ciento dos), es decir, cuando el actor ya había retornado a su plaza original de  Técnico. Aunado a ello, el recurrente se encontraba imposibilitado de acumular experiencia profesional en dicha data dado que recién obtuvo su título profesional el  cinco de marzo de dos mil quince (folio ciento tres). (F.8)


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