Para declarar fundada la excepción de cosa juzgada no solo basta la identidad en la persona | CASACIÓN N.° 1763-2018- AYACUCHO

RAZÓN DE LA DECISIÓN: Este Colegiado Supremo verificó que el análisis de la Sala Superior no resulta correcto; pues, si bien existe identidad en la persona –Karina Tineo Munaylla–, no ocurre lo mismo respecto a los hechos imputados –y, por tanto, a la calificación jurídica de estos–. Como indicamos en el considerando primero ut supra, la acusación contra la encausada se refirió a dos hechos diferenciados: adquisición, transporte, almacenamiento y comercialización de i) insumos químicos fiscalizados –hidróxido de calcio– y ii) no fiscalizados –sal yodada y ácido fórmico–. (F. 8)

 ORDEN LÓGICO DE LA SENTENCIA 

HECHOS DERECHO CONCLUSIÓN

Se imputó a la encausada y sus coprocesados haber concertado, planificado y ejecutado la adquisición, transporte, almacenamiento y comercialización de insumos químicos fiscalizados –hidróxido de calcio– y no fiscalizados –sal yodada y ácido fórmico–.

Así, el mismo Juzgado Penal Colegiado de Huamanga emitió la sentencia del siete de junio de dos mil dieciocho, mediante la que condenó a la procesada Karina Tineo Munaylla como autora del delito contra la salud pública tráfico ilícito de drogas agravado –por el artículo 296, concordado con el artículo 297, inciso 6, del Código Penal– a quince años de pena privativa de libertad.

Recurrida esta decisión por Tineo Munaylla, la Primera Sala Penal de Apelaciones de Huamanga emitió la sentencia de vista del diez de octubre de dos mil dieciocho, que declaró fundada la excepción de cosa juzgada deducida por la defensa técnica de la imputada y, por tanto, fenecido el proceso y ordenó su sobreseimiento.

Artículo 429, incisos 1 y 4, del Código Procesal Penal.

Sin embargo, este Colegiado Supremo verificó que el análisis de la Sala Superior no resulta correcto; pues, si bien existe identidad en la persona –Karina Tineo Munaylla–, no ocurre lo mismo respecto a los hechos imputados –y, por tanto, a la calificación jurídica de estos–.

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