Defensoría del Pueblo: Estado debe brindar adecuada prestación de servicios de planificación familiar

En el marco del Día Internacional de la Planificación Familiar, la Defensoría del Pueblo enfatizó la obligación que tiene el Estado, mediante el Ministerio de Salud, de garantizar el acceso, adaptabilidad, disponibilidad y calidad de los servicios de salud sexual y reproductiva en los establecimientos de salud a nivel nacional.

En ese sentido, aconsejó a las entidades del sector contribuir a la toma de conciencia sobre la importancia de cumplir esta obligación y del conocimiento de los derechos de las personas usuarias.

Esta y otras recomendaciones fueron señaladas en el informe sobre salud sexual y reproductiva elaborado en pandemia, en el cual la Defensoría del Pueblo advirtió que, en este periodo, se limitó el acceso a los servicios de planificación familiar, que disminuyó en aproximadamente un 50 % en todo el país.

Ello comprendió tanto las consejerías e información, como la distribución de métodos anticonceptivos, lo que trajo como consecuencia embarazos no deseados o planificados, falta de acceso a consejería y orientación, educación sexual integral y una mayor propensión al contagio de infecciones de transmisión sexual, lo que, sumado al aumento de la violencia sexual, generó una inaceptable vulneración a los derechos fundamentales de niñas, adolescentes y mujeres en todo el país.

Acceso a métodos de planificación familiar

La defensoría señaló que si bien a partir de julio del año 2020, se observó una recuperación en el país en la entrega de métodos de planificación familiar y se implementaron mecanismos alternativos para la atención, aún falta fortalecer las medidas orientadas a una adecuada atención de estos servicios que permita garantizar el derecho de las mujeres, en su diversidad, a llevar una vida sexual plena y autónoma en sus decisiones.

Según la Encuesta Demográfica y de Salud Familiar del 2021, más de tres cuartos de mujeres que se encontraban unidas (casadas o convivientes) de 15 a 49 años de edad usaban algún método anticonceptivo al momento de ser entrevistadas (78.1 %). De esta cifra, el 57 % señaló utilizar algún método moderno y el 21.1 %, uno tradicional.

El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW), en su noveno informe periódico al Estado Peruano del 2022, recomendó que se realicen programas inclusivos de concienciación para que las mujeres y adolescentes en particular de grupos marginados, accedan de manera confidencial a métodos anticonceptivos modernos.

En la misma línea, señala que deben recibir información sobre salud y derechos sexuales y reproductivos, además de eliminar actitudes y estereotipos de género discriminatorios respecto al manejo de su sexualidad.

Adicionalmente a ello, la Agenda 2030, aprobada por la Asamblea de las Naciones Unidas, estableció en su tercer objetivo para el desarrollo sostenible que se debe garantizar el acceso universal a servicios de salud sexual y reproductiva. Ello debe implicar la planificación familiar, la información, la educación y la integración en las estrategias y los programas nacionales de los países.

En suma, la Defensoría del Pueblo reitera que la planificación familiar es un derecho humano y que el Estado tiene el deber de proveerlo en las mejores condiciones para garantizar una adecuada salud sexual y reproductiva de las mujeres.

De esta manera, se generan condiciones para garantizar su dignidad, no discriminación, planes de vida, igualdad de oportunidades y desarrollo, además de prevenir cualquier situación que afecte su vida, salud e integridad.

Fuente: El Peruano

Destacados

Últimos artículos

Nueva sentencia con motivación en serie excluye a locadores con vínculo vigente de la protección de la Ley N.° 24041 | Motivación en Serie N° 07-2026-3SDCST

septiembre 23, 2026
imagaa

Corte Suprema fija reglas vinculantes sobre la competencia del juez laboral en casos de responsabilidad civil | Casación N° 25213-2024

septiembre 19, 2026
palacio

Servidores con vínculo laboral encubierto no tendrán protección de la Ley 24041 según criterio vinculante de la Corte Suprema

agosto 19, 2026
Diseño sin título (57)

Gobierno aprueba nueva escala remunerativa de los trabajadores del Poder Judicial | Decreto Supremo N°162-2026-EF

agosto 19, 2026
MJ

Artículos relacionados

2629_rr (1)

Federación de Trabajadores del Poder Judicial y Ministerio Público anuncian huelga nacional indefinida desde el 16 de agosto

agosto 6, 2022
Leer más...
MEF-transfiere-328.7-millones-soles-para-174-intervenciones-del-programa-Reconstruccion-con-cambios

¿Cuál es el régimen laboral de los obreros de los gobiernos regionales? | CASACIÓN LABORAL 6789-2022 LORETO

abril 10, 2024
Leer más...
Phillip-Butters-3 (1)

Revelan que Bruno Pacheco ha sido capturado el fin de semana

julio 26, 2022
Leer más...
abogados con mascarilla

Decreto Supremo autoriza entre otras actividades el reinicio de los servicios jurídicos ▎ DECRETO SUPREMO Nº 101-2020-PCM

junio 4, 2020
Leer más...