Juez supremo provisional es cesado de la encargatura «por la presunta comisión de ilícitos penales derivados del proceso judicial de acción de amparo seguido por la Asociación Nacional de Magistrados del Perú contra el Poder Judicial» ▎ RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000237-2020-P-PJ

VISTO
El Oficio N° 4007-2020-SG-CE-PJ, del 02 de septiembre de 2020, remitido por el señor Secretario General del Concejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante el cual da a conocer el Acuerdo N° 1035-2020, en el que, entre otras disposiciones, se remite a la presidencia del Poder Judicial el oficio N° 000450-2020-PP-P-PJ, cursado por el procurador público del Poder Judicial y el Oficio N°000125-2020-HLM-D-CE-PJ, cursado por el señor Consejero Héctor Enrique Lama More, que adjunta el escrito presentado por el señor Oswaldo Alberto Ordoñez Alcántara, para las acciones de su competencia; y,

CONSIDERANDO:
Primero: Que, de los oficios señalados, específicamente del documento remitido por el procurador público del Poder Judicial -en cumplimiento a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Corrida N° 000223-2020-CE-PJ-, hace de conocimiento el requerimiento formulado al Ministerio Público con el fin de dar inicio a las diligencias preliminares contra los que resulten responsables por la presunta comisión de ilícitos penales derivados del proceso judicial de acción de amparo seguido por la Asociación Nacional de Magistrados del Perú contra el Poder Judicial, en el que presuntamente el señor Oswaldo Alberto Ordoñez Alcántara habría incurrido en graves actos irregulares.

Segundo: Que, sin perjuicio de la investigación que realicen el Ministerio Público y la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial ─sobre las presuntas irregularidades atribuidas al referido magistrado─, su permanencia en la Corte Suprema de Justicia de la República no resulta adecuada.

Tercero: Que, es atribución del Presidente del Poder Judicial, designar a los señores jueces supremos que integrarán las Salas Especializadas de la Corte Suprema de Justicia de la República, de conformidad a lo señalado en el numeral 5 del artículo 76º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Cuarto: Que, atendiendo a que la Presidencia de este Poder de Estado, debe adoptar las medidas para garantizar la dinámica y efectividad de los órganos jurisdiccionales de la Corte Suprema de Justicia de la República; en tanto su labor no puede paralizar, resulta necesario efectuar una nueva conformación en la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República.

En consecuencia, estando a lo expuesto precedentemente, y en uso de las funciones y atribuciones
conferidas por el artículo 76° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

SE RESUELVE:
Artículo Primero: Disponer que la conformación de la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, a partir del 14 de setiembre de 2020, será de la siguiente manera:
SALA CIVIL PERMANENTE:
1. Sr. Francisco Artemio Távara Córdova Presidente
2. Sr. Mariano Benjamín Salazar Lizárraga
3. Sr. Edgardo Torres López
4. Sr. José Felipe De La Barra Barrera
5. Sra. Marcela Teresa Arriola Espino

Artículo Segundo: Notificar la presente resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, al Presidente de la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, a la Gerencia General del Poder Judicial, a la Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia e interesados.

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