ATU dispone el funcionamiento del 100% de la flota de taxis de Lima y Callao ▎ RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 79-2020-ATU/PE

 SE RESUELVE:

Artículo 1.- DISPONER que, en la provincia de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao, la prestación del servicio público de transporte especial de personas, en la modalidad de taxi, se realice con el cien por ciento (100%) de la flota autorizada, para lo cual los conductores y titulares de las respectivas autorizaciones y habilitaciones, deben cumplir con lo establecido en los lineamientos, protocolos y normas sanitarias aprobados por el Ministerio de Salud y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Artículo 2.- ENCARGAR a la Dirección de Operaciones para que, en el marco de la emergencia sanitaria, implemente una aplicación informática para la actualización y gestión del registro de conductores y vehículos habilitados de los servicios de transporte especial de personas, en la modalidad de taxi, bajo la competencia de la ATU.

Artículo 3.- ESTABLECER que lo dispuesto en la presente resolución estará en permanente evaluación, de modo que en función de la demanda del servicio y de los criterios de salud pública, se emitan nuevas disposiciones.

Artículo 4.- PUBLICAR la presente resolución en el diario oficial “El Peruano” y en el portal web Institucional de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (www.atu.gob.pe)

Regístrese, comuníquese y publíquese.

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