Preguntas y respuestas sobre las nuevas disposiciones para las audiencias, atención a los abogados, notificación y otros en el Poder Judicial | RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000363-2022-CE-PJ

¿CUÁL ES LA MODALIDAD DE TRABAJO DE LOS JUECES, JUEZAS Y PERSONAL AUXILIAR?
Del 1 al 31 de octubre de 2022, las labores jurisdiccionales y administrativas de los jueces, juezas y personal auxiliar del Poder Judicial, se realizará en forma presencial durante toda la jornada de trabajo.
¿CUÁL ES LA MODALIDAD DE TRABAJO DE JUECES Y JUEZAS?
Los jueces y juezas realizarán trabajo presencial diario en jornada completa, debiendo las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia adoptar las medidas necesarias para el registro y control adecuado de asistencia.
¿CUÁL ES LA MODALIDAD DE TRABAJO DE JUECES Y JUEZAS VULNERABLES?
Los jueces y juezas considerados vulnerables, de acuerdo a la nueva evaluación clínica, realizarán trabajo presencial; y excepcionalmente trabajo remoto, según la respectiva normativa. La vulnerabilidad debe ser acreditada con el informe clínico correspondiente
¿CUÁL ES LA MODALIDAD DE TRABAJO DE PERSONAL JURISDICCIONAL Y ADMINISTRATIVO?
El personal jurisdiccional y administrativo considerado vulnerable, realizará trabajo presencial o remoto, según la respectiva normativa. La vulnerabilidad debe ser acreditada con el informe clínico actualizado. El personal jurisdiccional y administrativo debe justificar el trabajo remoto DIARIO QUE REALIZAN, ANTE EL/LA JEFE/A INMEDIATO.
¿CÓMO SERÁ LA ATENCIÓN DE LOS ABOGADOS PARA CITAS CON LOS JUECES?
Los jueces y juezas deben atender presencialmente o a través de la herramienta informática “El Juez te escucha, programa tu cita”, a los abogados y partes procesales; debiéndose observar las medidas de bioseguridad necesarias en el primer caso.
¿CÓMO SERÁ LA ATENCIÓN A LOS ABOGADOS POR PARTE DEL PERSONAL JURISDICCIONAL Y ADMINISTRATIVO?
El personal jurisdiccional y administrativo atenderá presencialmente a los abogados y partes procesales; debiéndose observar las medidas de bioseguridad necesarias.
¿CÓMO SERÁ EL INGRESO DE ESCRITOS?
La recepción de documentos se realizará mediante la Mesa de Partes Electrónica, para todas las especialidades o materias, pudiendo realizarse estos ingresos con documentos firmados digitalmente o con firma gráfica escaneada. Los Presidentes/as de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República y los Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia, deberán implementar las mesas de partes físicas necesarias, acorde al flujo de litigantes, en las cuales se recibirá la documentación de manera excepcional, cuando no sea posible su recepción en forma virtual; a la que se accede mediante el aplicativo de Citas Electrónicas para Mesas de Partes
¿CÓMO SERÁ LA MODALIDAD DE LAS AUDIENCIAS?
Las audiencias que se programen en los órganos jurisdiccionales, se llevarán a cabo de forma presencial; y, excepcionalmente, de manera virtual en la sede judicial respectiva. Para las audiencias presenciales la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República y de las Cortes Superiores de Justicia deberá adoptar las medidas sanitarias y de seguridad para tal efecto, a fin de preservar la salud de jueces/zas, personal y usuarios/as judiciales. Para las audiencias virtuales deberá aplicarse la normativa impartida para tal efecto, y a través del aplicativo Google Meet. Bajo ningún concepto se suspenderán las audiencias y vistas de causa programadas.
¿CÓMO SERÁ LA NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIONES?
Las notificaciones deberán ser realizadas conforme a lo establecido en el artículo primero, literal a), de la Resolución Administrativa N° 000137-2020-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, el cual dispone que todas las resoluciones judiciales, sin excepción, cualquiera sea la especialidad o materia, serán notificadas en las respectivas casillas electrónicas, sin perjuicio de la forma que expresamente señale la ley.
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