Una vez fijadas las penas en concreto para cada uno de los delitos cometidos, las mismas se deberán sumar; el resultado será la pena definitiva a imponerse | RECURSO DE NULIDAD N.° 1105-2018 CALLAO

RAZÓN DE LA DECISIÓN: De lo expuesto en el considerando anterior, tenemos las penas privativas de libertad siguientes: ocho años por homicidio con agravantes en grado de tentativa; dieciséis años por los dos delitos de lesiones graves; y dos años por delito de lesión leve; al estar estos delitos en concurso real, conforme con el artículo cincuenta del Código Penal, se debe sumar, dando un resultado total de veintiséis años de pena privativa de libertad. En consecuencia, de conformidad con el inciso uno, del artículo trescientos, del Código de Procedimientos Penales, corresponde reducir la pena impuesta. (F.10)

 ORDEN LÓGICO DE LA SENTENCIA 

HECHOS DERECHO CONCLUSIÓN
El acusado Tello Chávez cometió tres delitos los cuales están en concurso real, ya que realizó varios hechos punibles (disparos de arma de fuego), que causaron varios delitos (tentativa de homicidio con agravantes, dos lesiones graves y una lesión leve). Artículo 50 del Código Penal

De lo expuesto en el considerando anterior, tenemos las penas privativas de libertad siguientes: ocho años por homicidio con agravantes en grado de tentativa; dieciséis años por los dos delitos de lesiones graves; y dos años por delito de lesión leve; al estar estos delitos en concurso real, conforme con el artículo cincuenta del Código Penal, se debe sumar, dando un resultado total de veintiséis años de pena privativa de libertad. En consecuencia, de conformidad con el inciso uno, del artículo trescientos, del Código de Procedimientos Penales, corresponde reducir la pena impuesta.

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