SERVIR establece precedente administrativo sobre la tipificación de faltas leves en el Reglamento Interno de Servidores Civiles y su distinción respecto a las faltas previstas en Ley del Servicio Civil

III. DECISIÓN
1. La Sala Plena del Tribunal del Servicio Civil, por unanimidad, considera que las directrices contenidas en los numerales 19, 20, 28, 30, 31 y 32 del presente Acuerdo Plenario ameritan ser declaradas como precedente de observancia obligatoria para la correcta tipificación de faltas leves en el Reglamento Interno de Servidores Civiles – RIS, distinguiéndolas de las faltas previstas en la Ley Nº 30057.
2. En atención a lo expuesto, la Sala Plena del Tribunal del Servicio Civil, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º del Reglamento del Tribunal del Servicio Civil respecto a la emisión de precedentes administrativos de observancia obligatoria;
ACORDÓ:
2.1 ESTABLECER como precedentes administrativos de observancia obligatoria los criterios expuestos en los fundamentos 19, 20, 28, 30, 31 y 32 de la presente resolución.
2.2 PRECISAR que los precedentes administrativos de observancia obligatoria antes mencionados deben ser cumplidos por los órganos competentes del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
2.3 PUBLICAR el presente acuerdo de Sala Plena en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Institucional (www.servir.gob.pe), de conformidad con lo establecido en el artículo 2º del Reglamento del Tribunal del Servicio Civil.

ACCEDE A LA RESOLUCIÓN AQUÍ

Suscríbete gratis a la revista digital Magazín Jurisprudencial y recibe mensual el análisis de la más selecta y relevante jurisprudencia en materia civil, penal y laboral.

Destacados

Últimos artículos

Reglamentan protección contra el despido de trabajadores con diagnóstico de cáncer, su tratamiento y los efectos derivados | Decreto Supremo N° 008-2026-TR

junio 5, 2026
Copia de Texto del párrafo - 2025-08-14T222836.604

Corte Suprema fija novísima doctrina jurisprudencial sobre el pago de horas extras | Casación 36773-2023 La Libertad

mayo 27, 2026
Diseño sin título (58)

Emiten nueva doctrina jurisprudencial sobre los supuestos de inaplicación del precedenteHuatuco | Casación Laboral N.º 11090-2023 La Libertad

mayo 20, 2026
MJ

Declaran el 27 de julio del 2026 día no laborable | Decreto Supremo N° 075-2026-PCM

mayo 16, 2026
eee

Artículos relacionados

401940_1292223 (1)

El principio de suplencia de queja deficiente no es una facultad que se le atribuye al juez de trabajo | CASACIÓN LABORAL N.º 26630-2019 LIMA SUR

diciembre 1, 2022
Leer más...
MINCETUR MAGAZING

Mincetur actualiza la tipificación de infracciones aplicables a restaurantes y agencias de viaje

agosto 5, 2022
Leer más...
BeFunky-collage - 2020-08-22T083341.581

Aprueban los lineamientos de entregas económicas a favor de los convivientes del mismo sexo del personal de la salud fallecido a consecuencia de la COVID-19 ▎RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0220-2020-JUS

agosto 22, 2020
Leer más...
....

¿Qué es la motivación interna y externa? | CASACIÓN N° 2157-2019 LAMBAYEQUE

octubre 7, 2022
Leer más...