Servir: A partir del 3 de enero servidores del sector público deben retornar al trabajo presencial

29/12/2022 A partir del martes 3 de enero del 2023, las y los servidores civiles que se encontraban realizando trabajo remoto o mixto deberán retornar a realizar sus labores de manera presencial, informó la Autoridad Nacional del Servicio Civil – Servir.

Según explicaron en una nota de prensa, el retorno de los servidores civiles en todo el ámbito nacional obedece a lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 026-2020, el cual establecía las medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación de la Covid-19, que precisaba que el trabajo remoto para el sector público culmina el 31 de diciembre del 2022.
En ese sentido, Servir exhorta a las oficinas de Recursos Humanos de las entidades públicas de los tres niveles de gobierno: nacional, regional y local, comunicar oportunamente a sus servidores públicos sobre el retorno a la presencialidad, a fin de que los servicios que se brindan a las y los peruanos no se vean afectados.
Por otro lado, Servir señala en su comunicación que de acuerdo con la Única Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia 055-2021, las entidades públicas pueden mantener a sus servidores que hayan sido vacunados con dosis completas contra la Covid-19, realizando trabajo remoto o mixto, de acuerdo con sus necesidades institucionales, y en tanto dure la emergencia sanitaria que culmina el 25 de febrero de 2023.
Vale precisar que con fecha 11 de setiembre de este año, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 31572, Ley del Teletrabajo, la misma que establece nuevas disposiciones para dicha figura y deroga la norma anterior, Ley Nº 30036.
El 24 de diciembre pasado el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) publicó el proyecto de decreto supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31572, Ley del Teletrabajo, y su exposición de motivos, para recibir los comentarios de los interesados en el tema.
El ministro de Trabajo, Eduardo García, declaró al respecto que una vez promulgado el reglamento, las empresas tendrán 60 días para adecuarse al nuevo marco normativo.
Fuente: Diario El Peruano
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