Reglamentan el otorgamiento del aguinaldo navideño por la suma de S/ 300,00 | DECRETO SUPREMO Nº 244-2024-EF

El Decreto Supremo Nº 244-2024-EF establece las disposiciones reglamentarias para el otorgamiento del aguinaldo por Navidad, fijado en un monto de hasta S/ 300,00 (TRESCIENTOS Y 00/100 SOLES). A continuación, se presentan los puntos más importantes:

  1. Objetivo del Decreto: Regular el otorgamiento del aguinaldo por Navidad a los funcionarios y servidores públicos, asegurando su inclusión en la planilla de pagos correspondiente al mes de diciembre de 2024.
  1. Beneficiarios: El aguinaldo se otorgará a:
    • Funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, la Ley Nº 29944 y la Ley Nº 30512.
    • Docentes universitarios según la Ley Nº 30220.
    • Personal de salud mencionado en el Decreto Legislativo Nº 1153.
    • Obreros permanentes y eventuales del sector público.
    • Personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
    • Pensionistas de derecho propio a cargo del Estado.
  1. Financiamiento:
    • El aguinaldo se financiará con los créditos presupuestarios asignados en el presupuesto institucional de las entidades públicas.
    • Los trabajadores contratados bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 también recibirán el aguinaldo, hasta el monto establecido.
  1. Plazo de Pago: El aguinaldo se abonará por única vez en la planilla de pagos del mes de diciembre de 2024, garantizando así el apoyo económico a los servidores públicos durante la temporada navideña.

Destacados

Últimos artículos

Debe pagarse la indemnización vacacional aun cuando el goce sea parcial | Casación Laboral N.º 9741-2023 Lim

abril 30, 2026
MJ

Despido por injuria en redes sociales: posturas contrapuestas de la Corte Suprema peruana

abril 30, 2026
erer

Empleador debe pagar la indemnización vacacional si el trabajador goza de forma extemporánea de sus vacaciones | Casación Laboral N.º 13741-2015 Lima

abril 29, 2026
sefsfs

¿El empleador puede acceder a la computadora asignada al trabajador o viola su privacidad? | Casación Laboral N.° 09645-2018, Lima Este

abril 28, 2026
sdgsdgsdf

Artículos relacionados

Texto del párrafo - 2025-01-30T230228.014

Aprueban actualización de la escala remunerativa de los trabajadores del Ministerio Público

marzo 14, 2025
Leer más...
Texto del párrafo - 2024-12-21T091918.981

Conforman salas supremas que administran justicia en materia laboral público y privado | Resolución Administrativa N.º 000001-2025-P-PJ

enero 3, 2025
Leer más...
Copia de Texto del párrafo (59)

Corte Suprema considera indemnizable la enfermedad de hernia discal en favor del trabajador | Casación 682-2023 Ucayali

agosto 19, 2025
Leer más...
Texto del párrafo - 2025-02-01T123922.570

¿La intensidad de la sanción debe adecuarse a la gravedad de la infracción y a la responsabilidad personal del actor o la satisfacción de fines impersonales? | EXP. N.° 03250-2023-PA/TC LIMA

marzo 8, 2025
Leer más...