Reglamentan el otorgamiento del aguinaldo navideño por la suma de S/ 300,00 | DECRETO SUPREMO Nº 244-2024-EF

El Decreto Supremo Nº 244-2024-EF establece las disposiciones reglamentarias para el otorgamiento del aguinaldo por Navidad, fijado en un monto de hasta S/ 300,00 (TRESCIENTOS Y 00/100 SOLES). A continuación, se presentan los puntos más importantes:

  1. Objetivo del Decreto: Regular el otorgamiento del aguinaldo por Navidad a los funcionarios y servidores públicos, asegurando su inclusión en la planilla de pagos correspondiente al mes de diciembre de 2024.
  1. Beneficiarios: El aguinaldo se otorgará a:
    • Funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, la Ley Nº 29944 y la Ley Nº 30512.
    • Docentes universitarios según la Ley Nº 30220.
    • Personal de salud mencionado en el Decreto Legislativo Nº 1153.
    • Obreros permanentes y eventuales del sector público.
    • Personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
    • Pensionistas de derecho propio a cargo del Estado.
  1. Financiamiento:
    • El aguinaldo se financiará con los créditos presupuestarios asignados en el presupuesto institucional de las entidades públicas.
    • Los trabajadores contratados bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 también recibirán el aguinaldo, hasta el monto establecido.
  1. Plazo de Pago: El aguinaldo se abonará por única vez en la planilla de pagos del mes de diciembre de 2024, garantizando así el apoyo económico a los servidores públicos durante la temporada navideña.

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