Pleno del Congreso aprueba proyecto de Ley que restringe la compensación de horas de la licencia con goce de haber producto de la Covid19, con descuentos a la remuneración del trabajador
«A la entrada en vigencia de la presente ley, quedará sin efecto cualquier descuento que haya hecho el empleador, en las remuneraciones de los trabajadores, que haya sido producto de la implementación del otorgamiento de la licencia con goce de remuneraciones, en el marco de las normas vigentes en el estado de emergencia sanitaria», señala la propuesta.
La congresista Bazán sostuvo que las medidas contempladas en época de pandemia, han generado deudas de horas de trabajo que hoy «resultan impagables».
Indicó que la iniciativa legal propone que las horas acumuladas de licencia con goce de haber, sean compensadas con sobretiempo antes o después de la jornada de trabajo, siempre y cuando la suma de dichas horas con la jornada laboral del trabajador, no supere las 52 horas semanales, con vacaciones adquiridas y pendientes de goce, con el límite de 15 días por periodo vacacional y capacitaciones fuera de la jornada de trabajo.
Se establece también, que cada hora de trabajo en sobretiempo o dedicada a las capacitaciones fuera de la jornada, compensará tres horas de licencia con goce de haber y que, cada día de vacaciones equivaldrá a tres días de licencia con goce de haber.
Ello permitiría, sostuvo Bazán, que la compensación culmine en un plazo de un año.
Durante el debate, la congresista Patricia Juárez (Fuerza Popular), afirmó que este tipo de iniciativas ponen «los focos» en el sector formal y presentó una cuestión previa para que el dictamen retorne a la Comisión de Trabajo. Su pedido, sometido a votación, fue rechazado por la representación nacional.
En tanto, la congresista Isabel Cortez, indicó que la iniciativa legal busca garantizar que los derechos de los trabajadores sean plenamente respetados y hace justicia a la clase trabajadora.
El dictamen fue aprobado con 100 votos a favor, 3 en contra y 2 abstenciones. Fue exonerado de segunda votación.
Fuente: Congreso de la República¿Quieres mantenerte actualizado con la jurisprudencia tener acceso preferente y gratuito a nuestra revista de la materia?Únete a nuestros grupos de whatsapp o telegram:Grupo Magazín Civil:Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/F8F6cej3xNTEf4KTGNQhxi Telegram: https://t.me/+XAXu6nOYg95iMzIxGrupo Magazín Laboral: Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/JWRksnp0EYoLwQZ3aQrYfE Telegram: https://t.me/+O91zHqFEV8MxYjdhGrupo Magazín Penal: Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/K0qjx8lis4N8XBYDi4qJ73 Telegram: https://t.me/+4H4j4ZlWxVYwYWMxGrupo Magazín Constitucional:Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/IcznZ5TR6581ANsUz3qkvH