No corresponde la excarcelación si no se cuenta con la información suficiente sobre el tiempo de encarcelación | NULIDAD N.° 306-2020 NACIONAL

RAZÓN DE LA DECISIÓN: Accediendo al pedido planteado, el INPE informó que el ingreso al penal del ahora peticionaste fue el 9 de noviembre de 2018; y desde aquella vez hasta hoy, transcurrieron un año, tres meses y dieciocho días, periodo largamente inferior al cumplimiento de la media pena que demanda el abogado, respecto de los cinco años fijados en la sentencia emitida a nivel superior. (F. 2.3)

 ORDEN LÓGICO DE LA SENTENCIA 

HECHOS DERECHO CONCLUSIÓN
Durante el desarrollo del proceso, el ahora sentenciado estuvo detenido preventivamente en el fuero militar desde el 01 de noviembre de 1991 hasta el 10 de febrero de 1993, resultando un periodo de 1 año, 3 meses y 9 días. A dicho periodo se le debe sumar el periodo actual que está bajo prisión desde el 7 de noviembre de 2018 hasta la actualidad –considerando la fecha de la vista de causa–, habrían transcurrido 1 año, 3 meses y 13 días.  

Accediendo al pedido planteado, el INPE informó que el ingreso al penal del ahora peticionaste fue el 9 de noviembre de 2018; y desde aquella vez hasta hoy, transcurrieron un año, tres meses y dieciocho días, periodo largamente inferior al cumplimiento de la media pena que demanda el abogado, respecto de los cinco años fijados en la sentencia emitida a nivel superior.

Toda vez que el INPE no informó el periodo de prisión que Pacheco Zambrano habría cumplido entre el 1 de noviembre de 1991 hasta el 10 de febrero de 1993, corresponde requerir al Fuero Militar Policial informe sobre dicha situación; para ello, se deberá cursar la comunicación pertinente por secretaría de Sala.

Al no contar con información suficiente, corresponde desestimar su planteamiento.

 DESCARGA LA SENTENCIA AQUÍ


¿Quieres mantenerte actualizado con la jurisprudencia tener acceso preferente y gratuito a nuestra revista de la materia?

Únete a nuestros grupos de whatsapp o telegram:

Grupo Magazín Civil:

Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/F8F6cej3xNTEf4KTGNQhxi
Telegram: https://t.me/+XAXu6nOYg95iMzIx

Grupo Magazín Laboral:
Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/JWRksnp0EYoLwQZ3aQrYfE
Telegram: https://t.me/+O91zHqFEV8MxYjdh

Grupo Magazín Penal:
Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/K0qjx8lis4N8XBYDi4qJ73
Telegram: https://t.me/+4H4j4ZlWxVYwYWMx

Grupo Magazín Constitucional:

Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/IcznZ5TR6581ANsUz3qkvH

 

Destacados

Últimos artículos

Reglamentan protección contra el despido de trabajadores con diagnóstico de cáncer, su tratamiento y los efectos derivados | Decreto Supremo N° 008-2026-TR

junio 5, 2026
Copia de Texto del párrafo - 2025-08-14T222836.604

Corte Suprema fija novísima doctrina jurisprudencial sobre el pago de horas extras | Casación 36773-2023 La Libertad

mayo 27, 2026
Diseño sin título (58)

Emiten nueva doctrina jurisprudencial sobre los supuestos de inaplicación del precedenteHuatuco | Casación Laboral N.º 11090-2023 La Libertad

mayo 20, 2026
MJ

Declaran el 27 de julio del 2026 día no laborable | Decreto Supremo N° 075-2026-PCM

mayo 16, 2026
eee

Artículos relacionados

madre-manzana-da-pecho-p (1)

TC repone a trabajadora despedida por vulneración del derecho a la lactancia/CAS N° 04105-2019-PA/TC

julio 5, 2022
Leer más...
5988d27aec772

El empleador queda habilitado para sancionar disciplinariamente a los trabajadores que no prestaron servicios durante la huelga declara ilegal | CASACIÓN LABORAL Nº 21871-2018 AREQUIPA

enero 30, 2023
Leer más...
EBA30F8AE59B8C8414685183E974D9D2_1605881289_original

TC establece como precedente vinculante que las sentencias o autos que produzcan efectos severos en la libertad deben ser notificadas vía cédula en el domicilio real señalado en el expediente | Exp. 3324-2021-PHC

diciembre 7, 2022
Leer más...
BXENJ642TJDFZLYETMM6B5K45Y (1)

Antauro Humala saldrá en libertad por redención de pena

agosto 20, 2022
Leer más...