MP difunde guía para investigar el delito de trata de personas

El Ministerio Público (MP) difundió la nueva “Guía operativa para la investigación del delito de trata de personas”, que proporciona recomendaciones, buenas prácticas y las bases para una mejora continua de procedimientos de una investigación proactiva y acorde con las nuevas tecnologías de información, tal como lo requiere la persecución y sanción de este flagelo en el Perú.

El documento tiene como objetivo fortalecer y optimizar la labor fiscal y policial en la investigación del delito de trata de personas, orientando los procedimientos de investigación recomendados para dicho ilícito penal.

Asimismo, optimizar las acciones dirigidas al esclarecimiento de los hechos, la obtención de pruebas y la identificación de los responsables e incorporar la experiencia y buenas prácticas de las fiscalías especializadas en delitos de trata de personas (Fistrap) del MP, obtenida a lo largo de cuatro años de creación.

Alcance

En función a estos objetivos, la guía provee a dichas fiscalías de una orientación para la investigación de los casos en coordinación con la Policía Nacional del Perú (PNP) y otras dependencias del MP.

En consecuencia, su ámbito de aplicación son las Fistrap y las fiscalías especializadas contra la criminalidad organizada con competencia en el delito de trata de personas, detalla el documento.

Sin embargo, precisa que no se trata de un conjunto de prescripciones sobre la investigación, puesto que en esta prima el criterio y la experiencia del fiscal en cada caso y de acuerdo con la legislación vigente.

La guía además consta de ocho partes. En la primera, se describen sus objetivos, alcance y la metodología que se empleó para su elaboración, mientras que en la segunda se detallan definiciones y documentos normativos.

Bien jurídico

Se establece que el delito de trata de personas puede analizarse dividiendo su estructura típica en conductas, medios y fines. Esto, teniendo en cuenta que el bien jurídico protegido trasciende a la libertad personal dado que este delito afecta la dignidad de la persona colocada o mantenida en una situación de vulnerabilidad y degradación permanente.

En ese contexto, se detallan las diferencias del delito de trata de personas con otras figuras delictivas.

En la tercera parte se describen los principios que rigen la investigación de este delito que realiza el MP con participación y/o en coordinación con la PNP. Entre ellos figuran los principios de legalidad, objetividad, independencia e imparcialidad, uniformidad, universalidad de los derechos humanos, investigación proactiva, celeridad, sensibilidad, coordinación y cooperación penal mutua.

A la par, se especifica que en la investigación del delito de trata de personas se debe atender los enfoques de derechos humanos, género, intercultural, niñez y adolescencia, desarrollo humano, personas con discapacidad, así como un enfoque centrado en la víctima, entre otros.

La cuarta parte contiene la descripción de los procedimientos de investigación del delito, regulados normativamente. Incluye un diagrama de flujo para la investigación en el marco normativo del proceso penal; un cuadro de actividades que detalla los pasos por seguir, responsables y documentos generados; al igual que recomendaciones para la investigación del delito de trata de personas.

En la guía se detalla que resulta importante que el fiscal defina una estrategia de investigación que responda a las preguntas: ¿qué ha sucedido? ¿Cuándo ha sucedido? ¿Dónde ha ocurrido el hecho? ¿Cómo ha ocurrido el hecho? ¿Quién lo hizo o quiénes lo hicieron? ¿A quién o quiénes afectaron? ¿Por qué lo hizo o por qué lo hicieron?

La quinta parte del documento está dedicada a la denuncia del delito. Esta especifica que el proceso penal se inicia con la denuncia. Incluye información relativa al procedimiento de denuncia de un tercero ante la PNP y a las denuncias por acciones policiales.

Esto en la medida que la denuncia por el delito de trata de personas puede realizarla no solo la víctima sino un tercero, que puede ser un vecino, el personal de salud, un profesor, entre otros. También se da cuenta del procedimiento de denuncia de un tercero ante el MP. En todos los casos se formulan recomendaciones.

De igual modo, se describen el procedimiento y recomendaciones aplicables para la denuncia de la víctima del delito de trata de personas ante la PNP o el MP.

Importa precisar que, en los últimos cinco años, el Ministerio Público ha recibido y atendido 4,561 denuncias, en todo el país, por el delito de trata de personas. Además, entre las regiones que presentan mayor número de casos se encuentran Lima, Madre de Dios, Loreto, Puno y Cusco, informó la institución.

Módulos

Las partes seis, siete y ocho del documento constituyen módulos dedicados a la flagrancia delictiva, diligencias de investigación y, a las técnicas especiales de investigación y colaboración eficaz, respectivamente. En el módulo de flagrancia delictiva se detallan los aspectos relativos a detención, rescate de la víctima e incautación en esa circunstancia.

Mientras que en el módulo de diligencias de investigación se explican los puntos relacionados al plan de investigación del delito de trata de personas en etapa preliminar, a la entrevista única y pericias a la víctima, al operativo y actuación en la escena del delito, al manejo de evidencias digitales de un equipo móvil o de un teléfono celular, así como al procedimiento y registro de la cadena de custodia.

En el módulo sobre las técnicas especiales de investigación y colaboración eficaz se detallan los aspectos relativos a la videovigilancia y seguimiento; intervención de las comunicaciones; agente encubierto y agente especial; colaboración eficaz e, investigación financiera incluyendo recomendaciones para estos procedimientos.

Fuente: El Peruano

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