Modifican ley de reforma magisterial respecto al acceso a cargos y periodo de gestión | LEY Nº 31695

LEY Nº 31695

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICAPOR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente:LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 33 DE LA LEY 29944, LEY DE REFORMA MAGISTERIAL, A FIN DE AMPLIAR LA PERMANENCIA DE LOS DIRECTIVOS DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS Y ESPECIALISTAS EN EDUCACIÓN EN SUS CARGOS, SUJETA A LA APROBACIÓN DE LA EVALUACIÓN DE DESEMPEÑOArtículo único. Modificación del artículo 33 de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial Se modifica el artículo 33 de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial, en los siguientes términos:“Artículo 33. El acceso a cargos y período de gestiónEl profesor, con reserva de su plaza, puede acceder a otros cargos de las áreas de desempeño laboral por concurso y por un período de cuatro años. Al término del período de gestión es evaluado para determinar su continuidad en el cargo hasta por un período adicional o su retorno al cargo docente.En los supuestos de los literales c) y d) del artículo 35 de la presente ley, los cargos pueden ser ejercidos de manera continua siempre y cuando superen la evaluación de desempeño cada cuatro años.El acceso a un cargo no implica ascenso de escala magisterial”.DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL ÚNICA. Adecuación El Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Educación, adecúa en un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles, contados a partir de la vigencia de la presente ley, el Reglamento de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado mediante el Decreto Supremo 004-2013-ED.Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.En Lima, a los dieciséis días del mes de febrero de dos mil veintitrés.DESCARGA LA LEY AQUÍ
¿Quieres mantenerte actualizado con la jurisprudencia tener acceso preferente y gratuito a nuestra revista de la materia?Únete a nuestros grupos de whatsapp o telegram:Grupo Magazín Civil:Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/F8F6cej3xNTEf4KTGNQhxi Telegram: https://t.me/+XAXu6nOYg95iMzIxGrupo Magazín Laboral: Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/JWRksnp0EYoLwQZ3aQrYfE Telegram: https://t.me/+O91zHqFEV8MxYjdhGrupo Magazín Penal: Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/K0qjx8lis4N8XBYDi4qJ73 Telegram: https://t.me/+4H4j4ZlWxVYwYWMxGrupo Magazín Constitucional:Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/IcznZ5TR6581ANsUz3qkvH

Destacados

Últimos artículos

Trabajadores CAS son excluidos del pago de escolaridad | DECRETO SUPREMO Nº 002-2025-EF

enero 13, 2025
Texto del párrafo - 2024-12-21T093320.104

¿Es procedente el recurso de casación laboral cuando la sentencia ampara sumas menores a las 500 URP y, además, pretensiones no cuantificables? | Queja N° 1068-2024 CAJAMARCA

enero 10, 2025
Texto del párrafo - 2024-12-21T093320.104

Publican Ley que modifica el derecho de reasignación en el sector educación | Ley 32238

enero 10, 2025
Copia de Texto del párrafo (9)

Publican Ley que establece incentivos económicos y licencia con goce de haber para miembros de Ley | LEY Nº 32231

enero 9, 2025
Copia de Texto del párrafo (8)

Artículos relacionados

jhkhjkghjkhgjkhgjk mgz

Dictan reglas para los procesos de nulidad del despido por embarazo

septiembre 16, 2022
Leer más...
BeFunky-collage (21)

Concertación de empresas en licitación pública para la compra de oxígeno medicinal ▎CAS 7634-2017-LIMA

junio 17, 2020
Leer más...
DISCRIMINACION CORREGIDO (1)

¿El tercero adquiriente de buena fe vulnera los derechos fundamentales de uno de los miembros de la sociedad conyugal, si la venta se realizo fraudulentamente? ▎EXP Nro 05569-2015-PA/TC

septiembre 7, 2020
Leer más...
BeFunky-collage (13)

Prorrogan el funcionamiento de la Sala Penal Especial de la Corte Suprema ▎ RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000086-2020-P-CE-PJ

julio 26, 2020
Leer más...
Abrir chat
1
Bienvenido al servicio de mensajería de la revista de jurisprudencia laboral, ¿en qué te podemos ayudar?
Mantente actualizado en nuestro grupo de whatsApp con todas las novedades del derecho del trabajo
Únete a nuestro grupo de whatsApp