Los magistrados tienen el deber de descartar aquellas pruebas que considerasen no pertinentes o irrelevantes fundándose en razones objetivas y no en una valoración arbitraria | STC Nº 02398-2022-PA/TC

Los magistrados tienen el deber de descartar aquellas pruebas que considerasen no pertinentes o irrelevantes fundándose en razones objetivas y no en una valoración arbitraria, como garantía del debido proceso y, de ese modo, evitar una vulneración al derecho a la prueba por parte de los órganos judiciales.

Así lo sostuvo el Tribunal Constitucional al publicar la STC Nº 02398-2022-PA/TC, la cual advierte no solo los riesgos de transgredir el deber a la debida valoración de la prueba sino también, por extensión, al derecho a la motivación de las resoluciones judiciales ante un manifiesto déficit en la fundamentación.

En este contexto, detalla los elementos mínimos que debe contener la presentación del juez respecto a las razones que permiten sustentar la decisión adoptada.En primer lugar, la coherencia interna, como un elemento que permite verificar si aquello que se decide se deriva de las premisas establecidas por el propio juez en su fundamentación.

Luego, la justificación de las premisas externas, como un elemento que permite apreciar si las afirmaciones sobre hechos y sobre el derecho hechas por el juez se encuentran debidamente sustentadas en el material normativo y en las pruebas presentadas por el juez en su resolución.

Tercero, la suficiencia, como un elemento que permite apreciar si el juez ha brindado las razones que sustenten lo decidido en función de los problemas relevantes determinados por el juez y necesarios para la solución del caso.

Y, cuarto, la congruencia, como un elemento que permite observar si las razones expuestas responden a los argumentos planteados por las partes. Finalmente, la cualificación especial, como un elemento que permite apreciar si las razones especiales que se requieren para la adopción de cierta decisión se encuentran expuestas en la resolución judicial en cuestión.

Fuente: Diario El Peruano


¿Quieres mantenerte actualizado con la jurisprudencia tener acceso preferente y gratuito a nuestra revista de la materia?

Únete a nuestros grupos de whatsapp o telegram:

Grupo Magazín Civil:

Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/F8F6cej3xNTEf4KTGNQhxi
Telegram: https://t.me/+XAXu6nOYg95iMzIx

Grupo Magazín Laboral:
Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/JWRksnp0EYoLwQZ3aQrYfE
Telegram: https://t.me/+O91zHqFEV8MxYjdh

Grupo Magazín Penal:
Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/K0qjx8lis4N8XBYDi4qJ73
Telegram: https://t.me/+4H4j4ZlWxVYwYWMx

Grupo Magazín Constitucional:

Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/IcznZ5TR6581ANsUz3qkvH

Destacados

Últimos artículos

Nueva sentencia con motivación en serie excluye a locadores con vínculo vigente de la protección de la Ley N.° 24041 | Motivación en Serie N° 07-2026-3SDCST

septiembre 23, 2026
imagaa

Corte Suprema fija reglas vinculantes sobre la competencia del juez laboral en casos de responsabilidad civil | Casación N° 25213-2024

septiembre 19, 2026
palacio

Servidores con vínculo laboral encubierto no tendrán protección de la Ley 24041 según criterio vinculante de la Corte Suprema

agosto 19, 2026
Diseño sin título (57)

Gobierno aprueba nueva escala remunerativa de los trabajadores del Poder Judicial | Decreto Supremo N°162-2026-EF

agosto 19, 2026
MJ

Artículos relacionados

columna_luis_41 (1)

Principio de legalidad y tipicidad desarrollado por Servir | RESOLUCIÓN Nº 002324-2022-SERVIR/TSC-Primera Sala

diciembre 6, 2022
Leer más...
BeFunky-collage - 2020-08-15T084652.709

Nuevo código procesal penal ya rige en su totalidad en Corte De Lima Norte tras completar proceso

agosto 15, 2020
Leer más...
PRINCIPIO ACUSATORIO

Se vulnera el principio acusatorio si el órgano jurisdiccional concede recurso impugnatorio respecto de la resolución que ampara el sobreseimiento.

agosto 10, 2022
Leer más...
standard_nota_03-05

Contrato por incremento de actividad se desnaturaliza si los datos e indicadores no relevan aumento de las actividades del giro del negocio / Resolución N° 497-2022-Sunafil/TFL-Primera Sala

julio 15, 2022
Leer más...