La reducción inmotivada de categoría no se presenta cuando el trabajador no ha sido nombrado en el cargo | CASACIÓN LABORAL N° 02902-2020 LIMA
RAZÓN DE LA DECISIÓN:
Al respecto este Colegiado comparte el criterio de las instancias de mérito al no advertirse acto de hostilidad, el actor no ha demostrado estar nombrado en el cargo de ANALISTA (categoría profesional), tampoco que cumpliera con las disposiciones específicas de la Directiva que regula los ascensos y promociones de la institución demandada, entre ellos el haber superado previa evaluación; menos que a la fecha de haber recibido el encargo cumpliera con el perfil del puesto, esto es, ser bachiller, con experiencia profesional de dos años o uno en funciones afines conforme se especifica en el CD ROM anexo a la contestación de demanda, pues tal como se aprecia en autos, el actor obtuvo el grado de bachiller en administración con posterioridad a dicho encargo, el veintiséis de marzo de dos mil trece (folio ciento dos), es decir, cuando el actor ya había retornado a su plaza original de Técnico. Aunado a ello, el recurrente se encontraba imposibilitado de acumular experiencia profesional en dicha data dado que recién obtuvo su título profesional el cinco de marzo de dos mil quince (folio ciento tres). (F.8)
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