Equipo Especial Lava Jato logró la incorporación de Línea Amarilla y OAS a caso Susana Villarán

El Equipo Especial Lava Jato logró que el Poder Judicial declare fundado el pedido para incorporar a las empresas Línea Amarilla S.A.C y OAS S.A. Surcursal Perú, al caso que involucra a la exalcaldesa de Lima, Susana Villarán, a fin que sean consideradas como parte investigada, no solo para afrontar responsabilidades indemnizatorias directas, sino también para afrontar sanción penal.

De acuerdo al Ministerio Público, existen vínculos que conectan a las personas jurídicas con acciones de facilitación, favorecimiento o encubrimiento del hecho punible, habiendo sido instrumentalizadas para la comisión de los delitos materia de investigación.
El equipo especial sostuvo que en el presente caso se investiga la presunta comisión de delitos contra la administración pública, tales como colusión, negociación incompatible y cohecho, ocurridos durante la gestión de Villarán de la Puente, que se habrían suscitado dentro del periodo del 2011 al 2014, en los cuales habrían tenido participación, funcionarios de la Municipalidad de Lima y, en calidad de particulares, representantes de la empresa Línea Amarilla S.A.C. y Constructora OAS S.A. Sucursal del Perú, vinculados a la etapa de ejecución del proyecto Línea Amarilla.
El juzgado determinó que, dado el alto grado de probabilidad de vinculación de la empresa Línea Amarilla S.A.C. (LAMSAC) con los hechos investigados, “debe primar la función del estatal de erradicar la corrupción”.
Sobre OAS, indicó que “existiendo un alto grado de probabilidad de vinculación de los hechos delictivos con la empresa, resulta necesaria su incorporación al proceso penal”.
Fuente: El Peruano

Destacados

Últimos artículos

Emiten nueva doctrina jurisprudencial sobre los supuestos de inaplicación del precedenteHuatuco | Casación Laboral N.º 11090-2023 La Libertad

mayo 20, 2026
MJ

Declaran el 27 de julio del 2026 día no laborable | Decreto Supremo N° 075-2026-PCM

mayo 16, 2026
eee

Debe pagarse la indemnización vacacional aun cuando el goce sea parcial | Casación Laboral N.º 9741-2023 Lim

abril 30, 2026
MJ

Despido por injuria en redes sociales: posturas contrapuestas de la Corte Suprema peruana

abril 30, 2026
erer

Artículos relacionados

divorcio_distribucion_casa_675 (1)

El artículo 1135 del código civil no señala que solo el derecho inscrito tiene que ser de buena fe, se refiere al acreedor de buena fe, sea inscrito o no, o de título de fecha anterior, precisando que se preferirá el de fecha cierta más antigua | CASACIÓN N.° 357-2019 CALLAO

diciembre 1, 2022
Leer más...
arquitectura-bella-centro-lima-acdc7c0945d386d956fd6fbc5fb21732 (1)

El juez tiene la facultad de calificar jurídicamente los hechos expuestos por las partes, siempre y cuando no implique la modificación o alteración de los hechos | CASACIÓN N° 4498 – 2017-LIMA ESTE

septiembre 30, 2022
Leer más...
BeFunky-collage - 2020-08-28T144230.172

Prorrogan por 90 días más la emergencia sanitaria nacional▎ DECRETO SUPREMO Nº 027-2020-SA

agosto 28, 2020
Leer más...
standard_Nota_SUNAFIL

Accede a los 2 precedentes vinculantes emitidos por Sunafil en lo que va del 2023 | RSP Nº 001-2023-SUNAFIL/TFL y RSP Nº 002-2023-SUNAFIL/TFL

febrero 3, 2023
Leer más...