Disponen que a partir del 1 de julio se reanuden gradualmente las actividades en el Ministerio Público priorizando el trabajo remoto ▎ RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 733-2020-MP-FN

SE RESUELVE:
Artículo Primero.-
DISPONER que a partir del 1 de julio se reanuden gradualmente las actividades en el Ministerio Público priorizando el trabajo remoto.

Artículo Segundo.- FACULTAR a los presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores que a partir de la fecha señalada en el artículo primero autoricen la labor presencial progresiva con el mínimo indispensable del personal fiscal para garantizar un eficaz funcionamiento del servicio fiscal.

Artículo Tercero.- AUTORIZAR a partir del 1 de julio el uso de los correos electrónicos institucionales como mecanismo de comunicación con las mesas de partes de las fiscalías de cada distrito fiscal, cuya difusión estará a cargo de las Presidencias de Juntas de Fiscales Superiores y las Coordinaciones Nacionales, en coordinación con la Oficina de Imagen Institucional.

Artículo Cuarto.- APROBAR el funcionamiento del Módulo de Citas Fiscales (CITAF) a partir del 8 de julio del 2020 que permitirá que los usuarios gestionen citas con los despachos fiscales a nivel nacional; para lo cual se DISPONE el uso obligatorio del correo electrónico institucional y herramientas G-suite como el Calendar, Meet, Drive, entre otros, para la adecuada y oportuna atención de las citas virtuales a los usuarios a través del Módulo de Citas Fiscales (CITAF), bajo responsabilidad funcional.

Artículo Quinto.- APROBAR el funcionamiento del piloto “Sistema de Información de Mesa de Partes Electrónica-MPE”, a partir del 8 de julio del 2020, en las 49 fiscalías provinciales penales del Distrito Fiscal de Lima, 14 fiscalías distritalizadas de Miraflores, San Isidro, Magdalena del Mar, San Borja, Surquillo y La Victoria, así como en las 20 fiscalías provinciales especializadas en violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo de familiar del Distrito Fiscal de Lima.

Artículo Sexto.- DISPONER que a partir del 17 de julio del 2020, se inicie la atención presencial de manera excepcional para atender las citas gestionadas a través del CITAF y aquellos otros casos que no puedan ser atendidos de manera virtual.

Artículo Sétimo.- DISPONER que el directorio de los correos electrónicos descritos en el artículo tercero sea creado y administrado por la Oficina General de Tecnologías de la Información

(continua)

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