Disponen la convocatoria, culminación y realización de Concursos de Selección de Jueces Supernumerarios | Resolución Administrativa N° 000447-2024-CE-PJ

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha dispuesto que las Cortes Superiores de Justicia del país procedan a convocar los Concursos de Selección de Jueces Supernumerarios en su respectiva jurisdicción, así como a concluir en el más breve plazo los concursos ya iniciados, o bien, a convocar nuevos concursos cuando sea necesario para cubrir las vacantes de jueces supernumerarios.

Adicionalmente, el Consejo ha establecido el procedimiento a seguir cuando sea necesario realizar la designación de un juez o jueza, de acuerdo con el siguiente orden de prioridad:

  1. En primer lugar, se designará al juez o jueza titular del grado inmediato anterior, quien asumirá provisionalmente la función, garantizando así la continuidad del servicio judicial sin interrupciones.
  2. Si no hay jueces o juezas titulares disponibles, se procederá a convocar al juez o jueza supernumerario/a que se encuentre en la lista de aptos elaborada por la Junta Nacional de Justicia, asegurando que el proceso de selección se base en la idoneidad y las capacidades legales del candidato.
  3. En caso de no contar con jueces o juezas supernumerarios/as en la lista de aptos, se recurrirá a los abogados o abogadas inscritos/as en la Nómina de Abogados Aptos para desempeñarse como jueces o juezas supernumerarios/as en la Corte Superior correspondiente, con la condición de que cumplan los requisitos establecidos por la ley y demuestren su idoneidad para ejercer dicha función.
  4. Como último recurso, y ante la falta de las opciones anteriores, se prorroga hasta el 31 de enero de 2025 la delegación de la facultad para designar jueces o juezas supernumerarios/as a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país. Esta facultad les permitirá designar, dentro de su Distrito Judicial o, si fuera necesario, de otros Distritos Judiciales, a trabajadores/as que cumplan con los requisitos legales, no tengan incompatibilidad y sean considerados los más idóneos para el cargo de juez o jueza supernumerario/a.

Esta disposición tiene como objetivo garantizar la cobertura de vacantes de manera eficiente, priorizando la idoneidad de los designados y asegurando el acceso a la justicia sin perjuicio de la celeridad y calidad del servicio judicial en el país.

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