Corte Suprema varia de criterio respecto a la desnaturalización de la tercerización en actividades agroindustriales | CASACIÓN LABORAL N.º 3274-2020 LA LIBERTAD

RAZÓN DE LA DECISIÓN:

En atención a lo citado, se concluye que el contrato de locación de servicios de tercerización suscrito entre la empresa Casa Grande Sociedad Anónima Abierta y la empresa Representaciones Agromaster Sociedad Anónima Cerrada se desnaturalizó, debido a que no existió autonomía empresarial y solo se trató de una simple provisión de personal; estando comprobado que la empresa tercerizadora no se ocupó de una parte integral del proceso productivo de la caña de azúcar, que en este caso es el proceso integral de cosecha, sino solo de la actividad de limpieza de campo (repique) que forma parte del subproceso de Alce; por lo expuesto, esta causal también deviene en infundada. (F. 10)

 CAMBIO DE CRITERIO:

Resulta pertinente resaltar que en pronunciamientos similares se asumió el criterio de declarar fundado el recurso de casación formulado por la demandada; sin embargo, en virtud del análisis del presente caso y los fundamentos precedentes, los cuales determinaron la desnaturalización del contrato  de tercerización, se varía de criterio de conformidad con el artículo 22° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 017-93-JUS, debiéndose declarar infundado el recurso de casación materia de pronunciamiento; en este sentido, se aparta de cualquier criterio distinto al señalado en la presente ejecutoria respecto a que la labor o función de limpieza de campo (repique) por sí sola se pueda tercerizar. (F. 12)

*Ejecutoria publicada en la edición número 15 de Magazín Jurisprudencial Laboral. 

DESCARGA LA SENTENCIA AQUÍ


¿Quieres mantenerte actualizado con la jurisprudencia tener acceso preferente y gratuito a nuestra revista de la materia?

Únete a nuestros grupos de whatsapp o telegram:

Grupo Magazín Civil:

Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/F8F6cej3xNTEf4KTGNQhxi
Telegram: https://t.me/+XAXu6nOYg95iMzIx

Grupo Magazín Laboral:
Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/JWRksnp0EYoLwQZ3aQrYfE
Telegram: https://t.me/+O91zHqFEV8MxYjdh

Grupo Magazín Penal:
Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/K0qjx8lis4N8XBYDi4qJ73
Telegram: https://t.me/+4H4j4ZlWxVYwYWMx

Grupo Magazín Constitucional:

Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/IcznZ5TR6581ANsUz3qkvH

Destacados

Últimos artículos

¿Cuál es límite del poder de dirección de la empresa?

mayo 12, 2025
Copia de Texto del párrafo (58)

¿Es válido el despido del trabajador de servicios indispensables que acató la huelga? | Casación Laboral N.° 54710-2022 Lambayeque

mayo 12, 2025
Copia de Texto del párrafo (57)

Publican Ley que restituye depósitos de CTS para los trabajadores del régimen del Decreto Legislativo 728 del Estado | Ley 32328

mayo 10, 2025
Copia de Texto del párrafo (56)

Autorizan el retiro del 100% de la CTS hasta el 31 de diciembre del 2026 | Ley 32322

mayo 9, 2025
Texto del párrafo - 2025-01-27T194853.755

Artículos relacionados

BeFunky-collage (18)

"(...) la competencia territorial para la tramitación del proceso estará definida por la elección del demandante entre el lugar del domicilio principal del demandado o el del último lugar donde se prestaron los servicios, así como es prorrogable la competencia por razón territorio cuando resulta a favor del prestador de servicios o trabajador."

septiembre 23, 2020
Leer más...
gestos-mano-vulgares-paises-1654778180 (1)

¿Las bromas con gestos pueden ser causal de despido? | CASACIÓN LABORAL N° 13016-2022 LIMA

septiembre 26, 2023
Leer más...
paneles

CS establece que en materia de responsabilidad administrativa, no puede existir responsabilidad solidaria si previamente no existe responsabilidad directa ░ CASACIÓN Nº 5828-2017 LIMA

febrero 6, 2020
Leer más...
JUEZES FINAL

Jueces realizarán trabajo presencial diario desde el 1° de abril

marzo 31, 2022
Leer más...
Abrir chat
1
Bienvenido al servicio de mensajería de la revista de jurisprudencia laboral, ¿en qué te podemos ayudar?
Mantente actualizado en nuestro grupo de whatsApp con todas las novedades del derecho del trabajo
Únete a nuestro grupo de whatsApp