Consejo Ejecutivo fija trabajo remoto para los trabajadores del Poder Judicial debido al contexto social | R.A 127-2022

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Disponer, a partir del 14 de diciembre de 2022 y hasta
nueva disposición, el trabajo remoto en los órganos jurisdiccionales y administrativos del
Poder Judicial; efectivizándose en el horario de ocho horas diarias, conforme a lo
establecido en la Versión N° 4 del Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos
Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial”, aprobado mediante Resolución
Administrativa N° 000408-2020-CE-PJ; y será coordinado con el jefe/a inmediato.

Artículo Segundo.- La Presidencia del Poder Judicial y las Presidencias
de las Cortes Superiores de Justicia del país, por excepción, pueden establecer el
trabajo presencial exclusivamente en las áreas que así lo requieran, si las condiciones
de seguridad lo permiten.

Artículo Tercero.- Disponer que bajo ningún concepto se suspenderán
las audiencias y vistas de causa programadas, pues estás deben llevarse a cabo a
través del aplicativo Google Meet.

Artículo Cuarto.- Establecer que los Presidentes y Presidentas de las
Cortes Superiores de Justicia del país; así como las Oficinas Desconcentradas de
Control de la Magistratura, supervisarán la producción jurisdiccional de los jueces y
juezas. El personal jurisdiccional y administrativo deberá justificar el trabajo diario que
realizan ante el jefe/a inmediato.
En ambos casos, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia emitirá un informe al
Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para las acciones respectivas

Artículo Quinto.- Las disposiciones establecidas en la Resolución
Administrativa N° 000405-2022-CE-PJ, serán de aplicación en lo que resulte pertinente
en cuanto a la jornada y horario de trabajo, desarrollo de las audiencias, producción
jurisdiccional y notificaciones.

Artículo Sexto.– Transcribir la presente resolución a la Presidencia del
Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidentes/as
de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencias de las
Cortes Superiores de Justicia del país, Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia
Indígena, Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República; y a
la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Documento firmado digitalmente
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