Congreso modifica forma de cálculo de las utilidades de los trabajadores

El Congreso aprobó hoy, por mayoría (61 votos a favor, 27 en contra y 4 abstenciones), un dictamen que modifica el cálculo del reparto de utilidades para beneficiar a los trabajadores con menores ingresos. Además, amplía el porcentaje de participación en las utilidades para los empleados de empresas industriales eléctricas.
La iniciativa se basa en los Proyectos de Ley 1644 y 2117 y, conforme al artículo 78 del Reglamento del Congreso, deberá pasar por una segunda votación en siete días calendario.
El dictamen modifica el artículo 2 del Decreto Legislativo 892, que regula el derecho de los trabajadores a participar en las utilidades de empresas generadoras de rentas de tercera categoría. La norma establece que los empleados de estas empresas recibirán un porcentaje de la renta anual antes de impuestos. Con la nueva modificación, se incluye a los trabajadores de empresas industriales eléctricas, asegurando que su participación en las utilidades sea del 10% anual.
Además, modifica la distribución de las utilidades para todos los trabajadores: el 75% se distribuirá en función de los días efectivamente trabajados, incluyendo los días de descanso prenatal y postnatal, las licencias por paternidad y cualquier licencia con goce de sueldo. El 25% restante se repartirá en proporción a las remuneraciones de cada trabajador.
En caso de que un trabajador esté de licencia por maternidad, paternidad o incapacidad temporal, se considerará la remuneración que le habría correspondido si hubiese seguido laborando.