Congreso aprueba proyecto de ley establece IGV de 8% para los rubros de restaurantes y hoteles | Magazín Jurisprudencial

Luego de un cuarto intermedio, el Pleno del Congreso aprobó por 90 votos a favor, 14 en contra y 9 abstenciones, la propuesta de ley que plantea el establecimiento de una tasa especial y temporal del Impuesto General a las Ventas, denominado “8 % del IGV para rescate del Empleo” para las micro y pequeñas empresas, dedicadas a las actividades de restaurantes y hoteles.

Además, para alojamientos turísticos, servicios de catering, concesionarios de alimentos, y entre otros rubros.

La titular de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, Silvia Monteza Facho (AP), fue quien sustentó el nuevo texto sustitutorio del dictamen recaído en los proyectos de ley nros. 714/2021 y 2148/2021.

La finalidad es apoyar la reactivación económica de este gran segmento económico empresarial que ha sufrido el impacto devastador como consecuencia de la pandemia de la COVID-19, y viabilizar la supervivencia y evitar el cierre de estas actividades.

Monteza Facho dijo que esa fórmula de consenso plantea la vigencia de la propuesta legislativa, una vez aprobada en el Pleno, desde el primer día del mes siguiente de publicada la ley hasta el 31 de diciembre del 2024.

Los alcances de la proyectada norma son aplicables a las personas naturales y jurídicas perceptoras de la actividad empresarial y que tengan como actividad principal: restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos.

“La actividad principal para los fines de la presente ley comprende a los sujetos de las actividades señaladas en el párrafo anterior cuyos ingresos por ventas o prestación de servicios de dichas actividades representan por lo menos, el 70 % de sus ingresos”, dice el texto legal.

Respecto a la tasa de impuesto, se precisa que las operaciones de venta de bienes y servicios que realicen los sujetos señalados en el artículo anterior de la norma están gravadas excepcionalmente con la tasa de Impuesto General a las Ventas (IGV) de 8 %.

La propuesta fue exonerada del trámite de segunda votación (89 votos a favor, 19 en contra y 11 abstenciones), con lo cual quedó expedita para ser enviado al Poder Ejecutivo para su eventual promulgación.

Fuente: Congreso

Para conocer más, síguenos en nuestra página de Facebook: Magazín Jurisprudencial

Destacados

Últimos artículos

Corte Suprema fija novísima doctrina jurisprudencial sobre el pago de horas extras | Casación 36773-2023 La Libertad

mayo 27, 2026
Diseño sin título (58)

Emiten nueva doctrina jurisprudencial sobre los supuestos de inaplicación del precedenteHuatuco | Casación Laboral N.º 11090-2023 La Libertad

mayo 20, 2026
MJ

Declaran el 27 de julio del 2026 día no laborable | Decreto Supremo N° 075-2026-PCM

mayo 16, 2026
eee

Debe pagarse la indemnización vacacional aun cuando el goce sea parcial | Casación Laboral N.º 9741-2023 Lim

abril 30, 2026
MJ

Artículos relacionados

BeFunky-collage (42)

SIS realiza afiliación por correo y whatsapp

junio 20, 2020
Leer más...
BeFunky-collage (56)

Sentencia a ex alcalde Augusto Miyashiro con 4 años de pena privativa de libertad ▎ EXP. Nº 00089-2012-8-1826-JR-PE-03

octubre 13, 2020
Leer más...
CAS N.º 49-2019 AYACUCHO

NEGOCIACIÓN INCOMPATIBLE: SE TIENE QUE EL DOLO NO SE PRUEBA DIRECTA Y OBJETIVAMENTE, SINO QUE SE TRATA DE UNA INFERENCIA LÓGICA, RAZONABLE Y CONSECUENTE DE LA PRUEBA ACTUADA QUE ESTABLECE LA OCURRENCIA DE UN HECHO.

marzo 21, 2022
Leer más...
000798639W(1)

Publican Ley que modifica diversos artículos del Nuevo Código Procesal Constitucional | LEY Nº 31583

octubre 5, 2022
Leer más...