Conductores que presenten servicios intermitentes no están sujetos al pago de horas extras | CASACIÓN LABORAL N° 7015-2018-LA LIBERTAD

RAZÓN DE LA DECISIÓN: De los argumentos antes expuestos se concluye que el demandante no está comprendido en la jornada máxima de trabajo, toda vez que realizó labores intermitentes, lo cual además se encuentra acreditado con el manifiesto de pasajeros que obra de fojas trescientos veintidós a cuatrocientos ochenta y tres, en los que se observa que en todos los viajes del actor siempre se encontró presente un copiloto, con el que alternaban turnos en forma tal que no supere la conducción continua de cinco horas durante el día y cuatro horas durante la noche, tal como lo manifiesta la empresa demandada en su escrito de contestación a la demanda, que obra de fojas doscientos ochenta y seis a trescientos cinco, extremo que no ha sido negado por el demandante. (F. 8)

 ORDEN LÓGICO DE LA SENTENCIA 

HECHOSDERECHOCONCLUSIÓN
El cargo desempeñado por el actor fue el de “Chofer de Bus Interprovincial”, así como que la ejecución de servicios consistió en la conducción de vehículos interprovinciales por el demandante en rutas largas realizó labores intermitentes.Artículo 5° del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo número 854, Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo, aprobado por Decreto Supremo número 007-2002-TR.

Se tiene determinado en autos que la ruta era realizada por dos pilotos, habiéndose conducido el vehículo únicamente cuatro horas por turno y que mientras no se conducía se descansada. Por ello, corresponde desestimar la pretensión referida al pago de horas extras y su incidencia en el cálculo de beneficios sociales, con lo que se advierte que el Colegiado Superior infringió el artículo 5° del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo número 854, Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo, aprobado por Decreto Supremo número 007-2002-TR, motivo por el cual la causal invocada deviene en fundada.

DESCARGA LA SENTENCIA AQUÍ


¿Quieres mantenerte actualizado con la jurisprudencia tener acceso preferente y gratuito a nuestra revista de la materia?

Únete a nuestros grupos de whatsapp o telegram:

Grupo Magazín Civil:

Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/F8F6cej3xNTEf4KTGNQhxi
Telegram: https://t.me/+XAXu6nOYg95iMzIx

Grupo Magazín Laboral:
Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/JWRksnp0EYoLwQZ3aQrYfE
Telegram: https://t.me/+O91zHqFEV8MxYjdh

Grupo Magazín Penal:
Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/K0qjx8lis4N8XBYDi4qJ73
Telegram: https://t.me/+4H4j4ZlWxVYwYWMx

Grupo Magazín Constitucional:

Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/IcznZ5TR6581ANsUz3qkvH

Destacados

Últimos artículos

Despido fraudulento: Corte Suprema establece sus elementos y manifestaciones | Casación Laboral N.º 16063-2023 Moquegua

noviembre 8, 2025
Diseño sin título (25)

Congreso aprueba el cuarto tramo de la escala remunerativa y marca un nuevo avance para los trabajadores del Poder Judicial

noviembre 6, 2025
Copia de Texto del párrafo (64)

Modifican criterios de priorización para el pago de sentencias judiciales | Ley Nº 32493

noviembre 6, 2025
Diseño sin título (27)

La intermediación se desnaturaliza si las labores corresponden al giro de la empresa | Casación Laboral N° 36763-2022  Lima Norte

octubre 30, 2025
Diseño sin título (26)

Artículos relacionados

trabajador-cansado-trabajo-oficina-2- (1)

Me despidieron de forma arbitraria, ¿Qué hago? | Despido arbitrario

junio 6, 2024
Leer más...
COMPENDIO-NORMATIVO-1

Descargue completamente gratis el compendio Constitucional más completo y actualizado

enero 4, 2020
Leer más...
BeFunky-collage (64)

Comisión de Justicia aprueba el dictamen de proyectos de ley que busca reducir la carga procesal de la Corte Suprema

junio 25, 2020
Leer más...
BeFunky-collage (29)

Publican Ley que incorpora al COVID-19 en el grupo de enfermedad profesional de los servidores de salud ▎ LEY Nº 31025

junio 18, 2020
Leer más...
Mantente actualizado en nuestro grupo de whatsApp con todas las novedades del derecho del trabajo
Únete a nuestro grupo de whatsApp