Condena por delito de estelionato no implica necesariamente la nulidad del acto jurídico | CASACIÓN 4251-2017 AYACUCHO

 RAZÓN DE LA DECISIÓN: Independientemente de la tesis que se asuma, es indudable que la existencia de una condena por delito de estelionato no implica necesariamente la nulidad del acto jurídico con el que se materializó el delito en tanto está sujeto a otras circunstancias, como determinar que quien invoque la nulidad acredite ser el propietario del bien y si quien los adquiere tenía conocimiento de dicha circunstancia o estaba en posibilidad de conocerlo; por lo que, advirtiéndose que las instancias han determinado que la demandante no ha acreditado el derecho de propiedad que invoca como sustento de su demando se colige que la causal descrita en el ítem “ii” debe ser desestimada por infundada. (F. 16)

 ORDEN LÓGICO DE LA SENTENCIA 

HECHOS DERECHO CONCLUSIÓN
La demandante sustenta la nulidad en la sentencia de estelionato que condenada a la codemandada vendedora; sin embargo, ello no es causal de nulidad contemplada en el artículo 219 del Código Civil; toda vez que, si bien existe una sentencia condenatoria consentida, la demandante no ha probado fehacientemente el derecho de propiedad que invoca que le habilite a demandar la nulidad de los actos jurídicos cuestionados.

 

 

Advirtiéndose que las instancias han determinado que la demandante no ha acreditado el derecho de propiedad que invoca como sustento de su demanda se colige que la causal descrita en el ítem “ii” debe ser desestimada por infundada.

 DESCARGA LA SENTENCIA AQUÍ


 

¿Quieres mantenerte actualizado con la jurisprudencia tener acceso preferente y gratuito a nuestra revista de la materia?

Únete a nuestros grupos de whatsapp o telegram:

Grupo Magazín Civil:

Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/F8F6cej3xNTEf4KTGNQhxi
Telegram: https://t.me/+XAXu6nOYg95iMzIx

Grupo Magazín Laboral:
Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/JWRksnp0EYoLwQZ3aQrYfE
Telegram: https://t.me/+O91zHqFEV8MxYjdh

Grupo Magazín Penal:
Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/K0qjx8lis4N8XBYDi4qJ73
Telegram: https://t.me/+4H4j4ZlWxVYwYWMx

Grupo Magazín Constitucional:

Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/IcznZ5TR6581ANsUz3qkvH

Destacados

Últimos artículos

¿Se desnaturaliza el contrato CAS si el prestador tiene más de 12 años trabajando en la entidad? | Casación Laboral N.º 2532-2023 Huánuco

abril 15, 2026
MJ

Disponen medidas laborales para la participación ciudadana en las Elecciones Generales del 12 de abril de 2026 | D.S 003-2006-TR

abril 10, 2026
Diseño sin título (47)

Suprema ordena indemnizar a causantes de trabajador que contrajo COVID-19 en el trabajo y falleció | Casación N° 46619-2022 Del Santa

abril 6, 2026
dfhgdfg

Línea delgada: Trabajadores de confianza del sector público no tienen derecho a la indemnización por despido arbitrario | Casación N.° 7699-2023 Lima

abril 2, 2026
MJ

Artículos relacionados

BeFunky-collage (92)

JNJ destituye a juez por emitir una resolución inmotivada a favor de investigado por tráfico ilícito de drogas

julio 5, 2022
Leer más...
BeFunky-collage (15)

Indicios para acreditar el delito de lavado de activos en la modalidad de transferencia ▎RECURSO DE NULIDAD N.° 2037-2018 PUNO

junio 18, 2020
Leer más...
procesos-administrativos-790x395 (1)

La imputación de cargos en el procedimiento administrativo debe ser precisa | Casación N° 1369-2020 LIMA

marzo 27, 2023
Leer más...
BeFunky-collage - 2020-09-30T094910.838

No corresponde pago de horas extras al personal de confianza que no esté sujeto a la fiscalización de su horario de trabajo ▎ CASACIÓN LABORAL N° 14847-2015 DEL SANTA

septiembre 30, 2020
Leer más...