El empleador se encuentra prohibido de conocer el contenido de los mensajes del correo electrónico.

MENSAJERÍA INSTANTÁNEA Y CORREO ELECTRONICO PROPORCIONADO POR EL EMPLEADOR A SU PERSONAL ESTÁN PROTEGIDOS POR EL SECRETO E INVIOLABILIDAD DE LAS COMUNICACIONES.

El empleador se encuentra prohibido de conocer el contenido de los mensajes del correo electrónico o de las conversaciones del comando o programa de mensajería instantáneo que haya proporcionado al trabajador, así como de interceptarlos, intervenirlos o registrarlos, pues ello vulnera el derecho al secreto y a la inviolabilidad de las comunicaciones. (F. 6)

Exp. N° 3599-2010-PA/TC, DEL 10-01-2012, f. j. 6 del voto del magistrado Mesía Ramírez. 

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