Comisión de trabajo aprueba predictamen de norma que dispone asegurar información sobre deudores alimentarios

La Comisión de Trabajo y Seguridad Social, en su segunda sesión virtual extraordinaria, aprobó por unanimidad el texto sustitutorio del predictamen del proyecto de ey 2554/2017, que propone la ley que fortalece el deber de colaboración de información al registro de deudores alimentarios morosos, para asegurar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias.

La iniciativa legislativa, en palabras de su presidente, Daniel Oseda Yucra (Frepap), se ajusta a lo establecido en la Constitución política del país, en tanto que las modificaciones que se proponen “responden a la necesidad de proteger a niños, niñas y adolescentes al garantizarles la protección de ambos padres en el cumplimiento de sus deberes de cuidado y alimentación”.

“En ese sentido, esta propuesta incide en el trabajo coordinado de instituciones con el fin de asegurar por todos los medios posibles que se efectivicen los pagos de pensiones alimentarias”; además de “tener una repercusión directa en el derecho a la igualdad”, ya que se incide en que “el deber de cuidado de ambos padres se cumpla, y no recaiga todo en uno solo”.

El texto sustitutorio modifica los artículos 7, 8 y 9 de la Ley 28970, ley que crea el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

En el artículo 7 establece en los ítems 7.4 y 7.5 que toda notaría pública, y toda entidad bancaria, que reciba la solicitud de un servicio el contrato de un nuevo producto, deben “consultar la información de las personas que figuran en la página web del REDAM y tiene la obligación de comunicar al Órgano de Gobierno del Poder Judicial, por vía electrónica y en el día, de las operaciones con contenido patrimonial en las que intervengan de las personas que aparezcan allí registradas”.

En el artículo 8 se establece que la oficina de recursos humanos o la oficina de logística “debe acceder a la base de datos de las personas que figuran en la página web del REDAM para verificar que las personas que ingresan a laborar en el sector público o contratan con el Estado, bajo cualquier modalidad”, para asegurar con la autorización de retención de o descuento de planilla para el pago de la pensión alimenticia que tenga pendiente.


El legislador Omar Merino López (Acción Popular) también mostró su apoyo a la norma propuesta, y solo sugirió eliminar la palabra “verificar” por “informar” en el artículo 8, y en la Segunda Disposición Transitoria Final disminuir el plazo de sesenta a treinta días hábiles para aprobar su adecuación al reglamento de la Ley 28970, Ley que crea el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.Sobre el predictamen los congresistas Tania Rodas Malca (Alianza para el Progreso) Absalón Montoya Guivin (Frente Amplio) manifestaron su acuerdo con la propuesta legislativa; la primera de ellos solo pidió una precisión en cuanto quién se encargaba del levantamiento de secreto bancario, a lo que el parlamentario Oseda Yucra respondió que se trata de una discrecionalidad del Poder Judicial.

Fuente: Congreso

 

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