SUSALUD sancionará a clínicas que incurran en abusos y cobros excesivos a pacientes de COVID-19

Atención usuarios, las clínicas privadas no pueden negar atención de emergencia a los pacientes de coronavirus, tengan o no seguro médico, tampoco hacer cobros excesivos por sus servicios, ni retener el alta del paciente por falta de pago, informó la Superintendencia Nacional de Salud (Susalud).

En ese contexto, el superintendente Carlos Acosta dijo a la Agencia Andina que Susalud se mantendrá vigilante en la etapa de emergencia, para salvaguardar los derechos de los usuarios y para que las clínicas no hagan “facturaciones abusivas” con los pacientes de coronavirus.

Recordó que la Ley General de Salud y la Ley de Derecho de los Usuarios de Servicios de Salud disponen que abandonar al paciente y poner en peligro su vida es una falta administrativa muy grave.

 

En el caso de los pagos por servicios, comentó que una vez solucionada la emergencia, la clínica tampoco puede retener al paciente o sacarlo del lugar poniendo en peligro su vida, con el pretexto de la falta de pago de la atención.

Sin embargo, anotó que una medida de solución sería que las clínicas podrían tomar la previsión de hacer que se firmen pagarés, cheques u otros instrumentos contables de cobranza para que se pague después.

El funcionario instruyó a la población a llamar a la Línea 113 o comunicarse mediante las redes sociales de Susalud para reportar los presuntos abusos. Solo deben dejar su nombre y sus números telefónicos para que los auditores vean qué pasó y verificar los costos que exige la clínica en cuestión.

Denuncias 

En los últimos días se han presentado diversas denuncias contra las clínicas privadas. El parlamentario andino Mario Zúñiga recogió algunas de ellas.

Recopiló el caso de un paciente que debió pagar más de 180,000 soles a una clínica privada por 15 días de internamiento, debido a la neumonía generada por el covid-19.

Otro rubro son las pruebas de descarte. El mismo parlamentario recoge el caso de un usuario que  pagó 1,700 soles a una clínica por una prueba molecular, cuando el costo es de 200 soles.

FUENTE: EL PERUANO

Síguenos en facebook como Magazín Jurisprudencial y entérate de la más reciente y relevante jurisprudencia

Destacados

Últimos artículos

Reglamentan protección contra el despido de trabajadores con diagnóstico de cáncer, su tratamiento y los efectos derivados | Decreto Supremo N° 008-2026-TR

junio 5, 2026
Copia de Texto del párrafo - 2025-08-14T222836.604

Corte Suprema fija novísima doctrina jurisprudencial sobre el pago de horas extras | Casación 36773-2023 La Libertad

mayo 27, 2026
Diseño sin título (58)

Emiten nueva doctrina jurisprudencial sobre los supuestos de inaplicación del precedenteHuatuco | Casación Laboral N.º 11090-2023 La Libertad

mayo 20, 2026
MJ

Declaran el 27 de julio del 2026 día no laborable | Decreto Supremo N° 075-2026-PCM

mayo 16, 2026
eee

Artículos relacionados

16.08.2021_Corte-Superio-de-Justicia

Accede al directorio y ubicación de los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima

noviembre 18, 2022
Leer más...
lluvias (1)

Seguridad y salud para los trabajadores en esta temporada de lluvias

marzo 13, 2023
Leer más...
lady camones (1)

Pleno del Congreso censura a Lady Camones y deja de ser presidenta del Congreso

septiembre 6, 2022
Leer más...
Recursos-definicion-scaled (1)

Previo a la aplicación del principio de continuidad, se debe determinar la existencia de vinculación económica para efectos del periodo de prueba | CASACIÓN LABORAL N.º 15568-2021 LIMA

marzo 7, 2023
Leer más...