¿Procede el proceso de habeas data para solicitar información a la SUNAT de todos los contribuyentes, entre ellos, número de RUC, dirección fiscal, teléfono registrado, nombres y apellidos de los representantes, fecha de inicio de actividades? ░ EXP N.° 05021-2016-PHD/TC
RAZÓN DE LA DECISIÓN:
A juicio de este Tribunal, en el presente caso, el recurrente está solicitando una información pública que no se encuentra referida al «deber de diligencia» que podría exigirse a la demandada. Dicho con otras palabras, no representa una información con la que debería contar la entidad demandada, por lo cual la demanda debe ser desestimada. (F. 7.)
En efecto, del estudio de lo solicitado por el recurrente, queda claro que la información requerida generaría la obligación de producir una base de datos distinta a la que posee la demandada y que sea capaz de contener el numeroso contenido que el actor demanda, lo cual resulta manifiestamente irrazonable. (F.8)
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