Comisión de Trabajo aprueba nueva excepción para el agotamiento de la vía administrativa en materia laboral público

La Comisión de Trabajo y Seguridad Social aprobó hoy, de manera unánime (17 votos), el dictamen que propone incorporar un nuevo supuesto para declarar el agotamiento de la vía administrativa, con el fin de aplicarlo cuando la pretensión se refiera al contenido esencial del derecho a la remuneración.

La sesión, presidida por la vicepresidenta Isabel Cortez Aguirre (BDP), se llevó a cabo durante la segunda sesión extraordinaria, en calidad de segunda comisión dictaminadora. En este contexto, el primer grupo de trabajo, la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, ya había emitido un dictamen favorable sobre la propuesta.

Según la exposición de motivos, esta iniciativa es plenamente viable, ya que no contraviene la estructura de los procesos administrativos y contenciosos en la vía jurisdiccional. Además, es considerada necesaria al tomar en cuenta las observaciones previas formuladas tanto por la doctrina como por la jurisprudencia.

La propuesta legal, contenida en el Proyecto de Ley 04730/2022-CR, tiene como objetivo facilitar que el demandante inicie su proceso ante el órgano jurisdiccional de manera más ágil, en la vía contencioso-administrativa. Para ello, se propone una modificación al artículo 19 de la Ley 27584, la cual regula el proceso contencioso administrativo, con la incorporación de un quinto literal que establece excepciones al agotamiento de la vía administrativa y precisa las condiciones en las que no será necesario dicho agotamiento.

El literal añadido establece que no será necesario agotar la vía administrativa cuando la demanda se refiera al derecho a la remuneración en cualquiera de sus formas, incluyendo el pago de la remuneración básica, total, permanente, las bonificaciones, dietas, asignaciones, retribuciones, estímulos, incentivos, compensaciones económicas y beneficios de toda índole. Esto será aplicable siempre y cuando la solicitud haya sido denegada en la primera instancia administrativa.

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