Ratifican exoneración y descuentos en los pagos de aranceles judiciales para los trabajadores | Resolución Administrativa N° 000004-2025-CE-PJ

La Resolución Administrativa N° 000004-2025-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, ha ratificado y precisado la regulación de exoneración de aranceles judiciales prevista en el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, especialmente en lo que respecta a los procesos laborales. Esta resolución establece las condiciones bajo las cuales los trabajadores podrán acceder a una exoneración o descuento de los aranceles judiciales, de acuerdo con el monto del petitorio en el proceso judicial, y refleja un compromiso con el acceso a la justicia para aquellos en situaciones de vulnerabilidad económica.

De acuerdo con lo establecido en la resolución, se detallan los siguientes escenarios para la exoneración y los descuentos de los aranceles judiciales en procesos laborales:

  1. Exoneración total: Cuando el monto del petitorio del trabajador no exceda las 70 Unidades de Referencia Procesal (URP), se exonerará al trabajador del pago del arancel judicial correspondiente. Esta medida busca garantizar que los trabajadores con demandas de menor cuantía, y que generalmente se encuentran en una situación económica más desfavorecida, puedan acceder a la justicia sin que el costo del arancel represente una barrera para presentar su reclamo.
  2. Descuento del 50%: En caso de que el monto del petitorio exceda las 70 URP, pero no supere las 100 URP, el trabajador podrá acceder a un descuento del 50% sobre el monto del arancel judicial correspondiente. Este descuento busca equilibrar el acceso a la justicia de aquellos trabajadores que presentan demandas de mayor cuantía, permitiéndoles afrontar parcialmente el costo del proceso judicial.

Como ejemplo, si un trabajador decide apelar la sentencia y su petitorio se encuentra en un rango entre 70 y 100 URP, el trabajador deberá abonar el 50% del arancel correspondiente, lo que equivale a S/ 107 soles, conforme al monto aprobado en el Cuadro de Aranceles Judiciales para el año 2025. Este monto refleja la aplicación del descuento establecido en la norma, y permite una mayor accesibilidad económica a los servicios judiciales para los trabajadores.

Estas disposiciones contribuyen a que las personas con menores recursos puedan hacer valer sus derechos laborales sin la preocupación de que los costos judiciales sean un obstáculo para su defensa.

Destacados

Últimos artículos

Servidores con vínculo laboral encubierto no tendrán protección de la Ley 24041 según criterio vinculante de la Corte Suprema

agosto 19, 2026
Diseño sin título (57)

Gobierno aprueba nueva escala remunerativa de los trabajadores del Poder Judicial | Decreto Supremo N°162-2026-EF

agosto 19, 2026
MJ

La inasistencia del abogado a la audiencia no justifica la conclusión del proceso | Casación Laboral N.° 1176-2024, Arequipa

agosto 13, 2026
dggj

MEF confirma alza de la remuneración mínima en dos tramos 

agosto 7, 2026
sefsfs

Artículos relacionados

Texto del párrafo (6)

Atención trabajadores: Gremio de transportes anuncia paro nacional para el día 23 de octubre del 2024

octubre 17, 2024
Leer más...
Copia de Texto del párrafo (46)

Atención: Gremios de transporte y otros anuncian paro, este 14 de mayo del 2025

mayo 13, 2025
Leer más...
Texto del párrafo - 2024-12-30T070539.264

Empleadores deberán indemnizar a los trabajadores que no gocen de sus vacaciones dentro del plazo de Ley

enero 29, 2025
Leer más...
Copia de Texto del párrafo - 2025-08-22T215748.435

Nuevo precedente vinculante sobre el principio de tipicidad en la concesión de beneficios superiores a los previstos en la ley | Resolución Nº 009-2025-SUNAFIL/TFL

agosto 22, 2025
Leer más...